Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
54/1989
Fecha : 23/02/1989
Publicación Boe :
19890314 [«boe» Núm. 62]
Numero de Registro :
426/1986
Ponente :
Don Angel Latorre Segura
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Begué, Latorre, García-mon, De La Vega,
Leguina Y López.
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«... por éste con fecha de 24 de julio y por el recurrente con fecha de 19 de agosto y de 9 de octubre, requiriéndose a este último para que proceda a la designación de nuevo Letrado.
El 24 de noviembre de 1987 tiene entrada en el Tribunal la renuncia de don Antonio García San Miguel y Orueta y de don Gustavo López Muñoz y Larraz como Procurador y Letrado, respectivamente, del recurrente, a quien por providencia de 1 de diciembre se da traslado de dicha renuncia, requiriéndosele para que en el plazo de diez días, además de designar Letrado, se persone por medio de Procurador de su designación y cargo.
Tras sucesivos escritos registrados los días 15 y 24 de diciembre de 1987 y 7 y 14 de enero de 1988, en el último de los cuales el recurrente propone como Letrado a don Gonzalo Muzquiz Vicente-Arche, la Sección, por providencia de 20 de enero, requiere al Letrado propuesto a fin de que manifieste si acepta el nombramiento y, en caso afirmativo, se persone por medio de Procurador y con poder bastante.
Aceptando el cargo de director legal del recurrente por el Letrado don Gonzalo Muzquiz Vicente-Arche en escrito de 10 de febrero de 1988, y tras sendos escritos de aquél de 11 y 12 de febrero, la Sección, por providencia de 25 de abril, hace saber al solicitante de amparo que el recurso se encuentra concluso y pendiente de señalamiento, sin que éste se pueda realizar hasta tanto no se produzca el personamiento de Procurador con poder debidamente otorgado.
Tras dos escritos de 31 de mayo y 6 de julio de 1988, en el segundo de los cuales solicita el recurrente la designación de Abogado y Procurador de oficio, la Sección, por providencia de 14 de julio, hace saber al solicitante de amparo que no procede acceder a lo solicitado en razón de sus ingresos económicos, concediéndosele un nuevo y último plazo de quince días para personarse por medio de Procurador y Letrado.
10. Finalmente, previos dos escritos del recurrente de 4 y de 23 de agosto de 1988, el recurrente, por escrito registrado en este Tribunal el 26 de septiembre de 1988, se persona por medio del Procurador de los Tribunales don José Pérez Templado y bajo la dirección letrada de don Pedro Andrés Alemany Cortell.
Por providencia de 3 de octubre de 1988, la Sección acuerda tener por recibido el escrito que antecede, participándose que por encontrarse el recurso pendiente de señalamiento y votación, ya no cabe formular respecto del mismo alegación alguna, no obstante lo cual, por escrito registrado en este Tribunal el 30 de diciembre de 1988, la representación procesal del recurrente formula alegaciones.
11. Por providencia de 16 de febrero de 1989 se señaló el día 21 siguiente para deliberación y votación.
Fundamentos: II. Fundamentos jurídicos 1. En el presente recurso de amparo se impugna el Auto de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 19 de marzo de 1986, por el que se deniega el exequatur a dos Sentencias del Tribunal Supremo de Nueva ... »
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