Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
73/2003
Fecha : 23/04/2003
Publicación Boe :
20030517 [«boe» Núm. 118]
Numero de Registro :
4716/1998
Ponente :
Don Pablo García Manzano
Sala :
Sala Primera
Documentos Relacionados :
|
|
«... razonablemente, que aquél hubiera informado a la comunidad, a través de sus representantes, de la existencia del recurso contencioso-administrativo en tramitación. Asimismo, en alguno de tales documentos, aparece también la firma y documento nacional de identidad de don Edesio Yá±ez Gómez, a la sazón Presidente de la comunidad vecinal demandante en amparo.
Así las cosas, hemos de inferir, en función de las expuestas circunstancias, que la demandante en amparo tuvo conocimiento extraprocesal de la pendencia del tan aludido recurso contencioso-administrativo, de manera tal que no podemos considerar vulnerado su derecho fundamental a no sufrir indefensión como consecuencia de su falta de emplazamiento personal y directo en dicho proceso administrativo, dado que hemos de considerar imputable a su pasividad o falta de adecuada diligencia la no personación en el mencionado recurso.
Y, por ello, han de decaer también, lógicamente, las demás pretensiones que la comunidad vecinal demandante anuda expresamente a la apuntada vulneración, en concreto, la lesión de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva en su proyección o vertiente de acceso a los recursos legalmente establecidos, al no haber podido formular, frente a la Sentencia de 24 de abril de 1997, el oportuno recurso de casación.
Por todo lo anterior, procede la desestimación del presente recurso de amparo.
Fallo: FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Denegar el amparo solicitado por la comunidad de montes en mano común Vecinos de Xares.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a veintitrés de abril de dos mil tres.
|
|
|
|