«... administrativos especialmente llamados a cumplir la exclusiva función de garantizar la legalidad del procedimiento electoral.
Fallo: FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION DE LA NACION ESPAÑOLA, Ha decidido Denegar el amparo solicitado por el Ayuntamiento de Valencia frente al Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Valencia de 12 de mayo de 1987.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a veinticuatro de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.