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Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 24/07/2000
Numero de Referencia :
197/2000
Publicación Boe :
20000824 [«boe» Núm. 203]
Ponente :
Don Pedro Cruz Villalón
Sala :
Sala Primera
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« ... de lo Social del Tribunal Supremo de 22 de diciembre de 1995 que estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos) de 27 de julio de 1994, desestimatoria del recurso de suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Burgos de 5 de mayo de 1994, dictada en autos sobre despido. Han comparecido el Ministerio Fiscal y la entidad «Telefónica de Espa±a, S. A.», representada por el Procurador de los Tribunales don Juan Antonio García San Miguel y Orueta, y bajo la asistencia letrada de do±a Pilar Conesa Martínez. Ha sido Ponente el Presidente don Pedro Cruz Villalón, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Juzgado de guardia el 12 de abril de 1996 y registrado en el Tribunal el 15 de abril de 1996, do±a Alicia Arroyo Ibeas, do±a Edelvita Rojo García y do±a María Ascensión Diez Arnaiz, representadas por la Procuradora de los Tribunales do±a Isabel Ca±edo Vega, interpusieron recurso de amparo contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 22 de diciembre de 1995, que estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos) de 27 de julio de 1994, que desestimó el recurso de suplicación interpuesto frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Burgos de 5 de mayo de 1994, que declaró la nulidad de los despidos de las demandantes de amparo.
2. Constituyen la base fáctica de la demanda los siguientes antecedentes de hecho: a) Las recurrentes prestaban servicios como telefonistas en el locutorio telefónico sito en la calle de San Lesmes, núm. 18 de Burgos, cuya explotación correspondía a «Telefónica de Espa±a, S. A.», a través de la contratista do±a Marta Izarra Pineda, en virtud de contrato de prestación de servicios.
b) Las recurrentes presentaron demanda en reclamación de derechos y cantidad contra «Telefónica de Espa±a, S. A.», y contra do±a Marta Izarra Pineda. La demanda fue estimada por la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Burgos de 26 de febrero de 1992. Esta Sentencia declaró que las actoras eran objeto de una cesión ilegal de trabajadores, declarando que las mismas son trabajadoras con la condición de fijas de plantilla de la compa±ía «Telefónica Nacional de Espa±a, S. A.», condenando a las demandadas a estar y pasar por tales declaraciones y a «Telefónica Nacional de Espa±a, S. A.», a abonarles las diferencias salariales entre lo realmente percibido y lo que les correspondería como trabajadoras de la citada empresa.
Interpuesto recurso de suplicación contra dicha Sentencia, la misma fue confirmada por la de la Sala de lo Social del Tribunal Superior... »
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