Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
93/2006
Fecha : 27/03/2006
Publicación Boe :
20060504
Numero de Registro :
4963-2003/
Ponente :
Don Roberto García-calvo Y Montiel
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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«...y a las partes personadas vista de las actuaciones y un plazo común de veinte días para alegaciones.
6. El día 6 de abril de 2005 tuvo entrada en este Tribunal el escrito de alegaciones del recurrente en amparo, que reproduce el contenido de su demanda.
7. El Ministerio Fiscal, en escrito registrado el 1 de abril de 2004, presenta alegaciones en las que manifiesta que este Tribunal ha declarado reiteradamente que en el procedimiento de habeas corpus cabe una resolución de inadmisión a trámite, pero sólo cuando se incumplan los requisitos formales, pues, si existe una situación de privación de libertad no acordada por la autoridad judicial, se impone la apertura del procedimiento para, con la audiencia del interesado y la aportación de alegaciones o pruebas en su caso, propiciar una decisión sobre el fondo. Constitucionalmente puede ser legítima una inadmisión a trámite del procedimiento de habeas corpus, pero, si existe una situación de privación de libertad no acordada judicialmente, el enjuiciamiento de la legalidad de sus circunstancias ha de realizarse mediante un examen de fondo, disponiendo previamente la admisión del procedimiento y -en su casocon las audiencias y pruebas pertinentes.
La aplicación de la anterior doctrina al caso de autos, alega el Fiscal, debe conducir a la estimación del amparo, pues la decisión relativa a la licitud de la detención afectó al fondo del procedimiento, que el Juzgado de Instrucción anticipó en el trámite de admisión, impidiendo así que el recurrente compareciera ante aquél, viéndose imposibilitado para formular alegaciones y proponer los medios de prueba que hubieren estimado pertinentes para tratar de acreditarlas, no ejercitando el órgano judicial de una manera eficaz el control sobre la privación de libertad.
8. Por providencia de fecha 23 de marzo de 2006, se señaló para deliberación y fallo de la Sentencia el día 27 del mismo mes y año.
Fundamentos: II. Fundamentos jurídicos 1. La presente demanda de amparo tiene por objeto la impugnación del Auto del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Valencia, de 2 de julio de 2003, que denegó la incoación del procedimiento de habeas corpus que había instado el demandante de amparo con motivo de la detención de su hijo en la Comisaría de "exposición" de la ciudad de Valencia, y luego en la Jefatura Superior de Policía de Valencia, en el marco de las diligencias policiales núm. 3763-2003 por presunto delito de agresión sexual.
El recurrente en amparo imputa al mencionado Auto la vulneración de los derechos a la libertad (art. 17 CE) y a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), ya que la decisión judicial de inadmisión a trámite de la solicitud del procedimiento de habeas corpus se basó en la licitud de la detención policial, lo que implica que el órgano judicial efectuó un juicio anticipado sobre el fondo de la cuestión planteada, lesivo de los derechos fundamentales invocados.
El Ministerio Fiscal se pronuncia ... »
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