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SENTENCIA
Numero de Referencia :
91/2006
Fecha : 27/03/2006
Publicación Boe :
20060504
Numero de Registro :
2008-2003/
Ponente :
Don Vicente Conde Martín De Hijas
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Francisco Javier Alaminos Reyes y otra respecto a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Granada que, en grado de apelación, les condenó por delito de alzamiento de bienes. Vulneración del derecho a un proceso con garantías: condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública (STC 167/2002).
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2008-2003, promovido por don Francisco Javier Alaminos Reyes y doña María Mar Ruiz López, representados por el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén y asistidos por el Letrado don José Carlos López Pérez, contra la Sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada núm. 109/2003, de 27 de febrero, recaída en el recurso de apelación núm. 9-2003, interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Motril núm. 251/2002, de 23 de septiembre, en procedimiento penal abreviado núm. 97-2000 por delito de alzamiento de bienes. Ha comparecido y formulado alegaciones el Ministerio Fiscal. Ha actuado como Ponente el Magistrado don Vicente Conde Martín de Hijas, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 5 de abril de 2003 don Argimiro Vázquez Guillén, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don Francisco Javier Alaminos Reyes y doña María Mar Ruiz López, interpuso recurso de amparo contra la resolución judicial a la que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. En la demanda de amparo se recoge la relación de antecedentes fácticos que a continuación sucintamente se extracta: a) A consecuencia de un accidente de tráfico ocurrido el día 4 de abril de 1997 el demandante de amparo don Francisco Javier Alaminos Ruiz fue condenado por Sentencia del Juzgado de Instrucción núm. 4 de Motril en el juicio de faltas núm. 130/97 como autor de una falta de imprudencia con resultado de daños y lesiones, así como, en concepto de responsabilidad civil, a indemnizar a don David Jesús Romero Rubiño en la cantidad de cuatrocientas noventa y nueve mil ochocientas noventa y cuatro pesetas, y a don Mauricio Malpica Ruiz en las cantidades de ochocientas mil trescientas dieciséis pesetas por los días de incapacidad y de un millón noventa y dos mil ochocientas setenta y tres pesetas por las secuelas, declarándose la responsabilidad civil directa del Consorcio de Compensación de Seguros en la forma y límites establecidos en el seguro obligatorio.
b) El Consorcio de Compensación de Seguros interpuso recurso de apelación contra la anterior Sentencia, solicitando una Sentencia... »
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