Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
195/2002
Fecha : 28/10/2002
Publicación Boe :
20021120 [«boe» Núm. 278
Numero de Registro :
3540/1998
Ponente :
Don Pablo Cachón Villar
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: Promovido por don Juan Carlos Caballero Blanco frente a las Sentencia s de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y de la Audiencia Provincial de Tarragona que le condenaron por un delito de agresión sexual.
Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condena fundada en declaraciones sumariales de la víctima, prestadas ante el abogado del inculpado luego sustituído, y aportadas al juicio oral debidamente; corroboración por testimonios de referencia.
1. La convicción judicial respecto de la culpabilidad del recurrente se ha formado sobre la base de una actividad probatoria suficiente, al existir una prueba directa ?el testimonio de la víctima? corroborada por dos testimonios de referencia [FJ 4].
2. El testimonio incriminatorio, prestado a presencia judicial y con contradicción en fase sumarial, fue introducido en el juicio oral, ante la imposibilidad de su reproducción, a través de la lectura del mismo, cumpliéndose así todos los requisitos constitucionalmente exigibles para poder considerar esa declaración sumarial de la víctima una prueba preconstituida válida [FJ 3].
3. La declaración de la víctima del delito tiene consideración de prueba testifical y, como tal, puede constituir prueba de cargo suficiente (SSTC 201/1989, 64/1994) [FJ 4].
4. Respecto de los testimonios de referencia, hemos afirmado que se trata de un medio probatorio admisible, aunque su eficacia probatoria se haya sometido a especiales exigencias (SSTC 209/2001, 68/2002) [FJ 4].
5. Doctrina sobre la prueba de cargo preconstituida consistente en declaraciones prestadas en fase sumarial (SSTC 80/1986, 155/2002) [FJ 2].
6. Nuestra misión se constriñe a la de supervisar externamente la razonabilidad del discurso que une la actividad probatoria y el relato fáctico resultante ( SSTC 189/1998, 155/2002) [FJ 2].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Tomás S. Vives Antón, Presidente, don Pablo Cachón Villar, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Guillermo Jiménez Sánchez, doña Elisa Pérez Vera y don Eugeni Gay Montalvo, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3540/98, promovido por don Juan Carlos Caballero Blanco, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María del Rosario Sánchez Rodríguez y asistido por el Abogado don Rafael Salinas Parra, contra la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 2 de julio de 1998 y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona, Sección Primera, de 6 de febrero de 1997. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido parte don José Alberto Solano Canca, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María del Rosario Sánchez Rodríguez y asistido por la Abogada doña Pilar Boned Tur. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo Cachón Villar, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal... »
|
|
|
|