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SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 29/01/2001
Numero de Referencia :
22/2001
Publicación Boe :
20010301 [«boe» Núm. 52]
Ponente :
Don Carles Viver Pi-sunyer
Sala :
Sala Segunda
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Extracto: Promovido por don José Antonio Gordillo García frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial de Valencia y de un Juzgado de Instrucción que le condenaron por una falta de amenazas.
Supuesta vulneración del derecho a la asisencia letrada: Negativa a suspender un juicio de faltas tras la petición del acusado, con el fin de comparecer con Abogado, que se debe a su falta de diligencia procesal y no causa indefensión material.
1. Se aprecia una indiligencia relevante de la parte que, advertida expresamente de la posibilidad de acudir al acto del juicio verbal de faltas con asistencia de Aboogado, compareció a la vista sin dicha asistencia y sólo tras comenzar la misma solicitó su paralización con el fin de acudir de nuevo, ya en un futuro señalamiento, debidamente asesorada por Letrado [FJ 3].
2. Tampoco cabe advertir una real situación de indefensión, no ya sólo por el hecho de la propia naturaleza y escasa complejidad de las cuestiones que se enjuiciaban, sino también porque la otra parte renunció a la defensa técnica [FJ 4].
3. Quien alegue indefensión como consecuencia de la vulneración del derecho a la asistencia de Letrado, no ha de haber provocado dicha situación con su falta de diligencia; asimismo, dicha indefensión debe ser real y efectiva (SSTC 161/1985, 47/1987 y 92/1996) [FJ 2].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Carles Viver Pi-Sunyer, Presidente, don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2598/98, promovido por don José Antonio Gordillo García, representado por la Procuradora doña Belén Lombardía del Pozo y asistido por el Letrado don Julio Ortiz Ortiz, contra las Sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de Valencia y el Juzgado de Instrucción núm. 6 de esa misma ciudad, de fechas 19 de mayo y 19 de febrero de 1998, respectivamente, recaídas en juicio verbal de faltas seguido por una presunta falta de amenazas. Ha comparecido el Ministerio Fiscal y ha sido Ponente el Magistrado don Carles Viver Pi-Sunyer, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el día 11 de junio de 1998 don José Antonio Gordillo García interpuso recurso de amparo contra las Sentencias que se citan en el encabezamiento. Alega el demandante la lesión del derecho de defensa y asistencia letrada que consagra el art. 24.2 C.E.
2. La demanda de amparo se basa, en síntesis, en los siguientes hechos: El Juzgado de Instrucción núm. 6 de los de Valencia condenó al recurrente de amparo como autor de una falta de amenazas a la pena de diez días de multa a razón de 500 pesetas/día. Contra la anterior Sentencia formuló el demandante de amparo recurso de apelación ante la Audiencia Provincial... »
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