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SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 29/05/2000
Numero de Referencia :
138/2000
Publicación Boe :
20000630 [«boe» Núm. 156]
Ponente :
Don Vicente Conde Martín De Hijas
Sala :
Sala Segunda
Extracto: Promovido por doña María Dolores Cabezas López frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anuló las resoluciones de la Universidad de Granada que la habían nombrado Profesora Titular de Farmacia y Tecnología Farmaceútica.
Vulneración del derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas: La experiencia docente ha sido configurada por la ley como un mérito, y no debe ser convertida en un requisito de acceso a la función pública.
1. --La interpretación del primero de los criterios de valoración fijados por la Comisión evaluadora que el órgano judicial efectúa en la Sentencia impugnada, la cual determinó que fuese anulado el nombramiento de la recurrente en amparo como Profesora titular de Universidad, convierte un elemento o mérito, como es el de la experiencia docente, en un requisito o condición de acceso a la plaza de Profesor titular de Universidad, que no es exigido por la normativa reguladora de dichos concursos, por lo que aquella interpretación y decisión judicial resultan lesivas del derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas ex art. 23.2 CE [FFJJ 8 y 9].
2. -Analiza en detalle la doctrina constitucional sobre el derecho de acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas (art. 23.2 CE) [FJ 6].
3. -Resulta totalmente proscrita la posibilidad de que por vía reglamentaria o mediante actos de aplicación de la Ley o de las normas reguladoras de acceso a un determinado puesto de la función pública se incorporen o añadan nuevos requisitos carentes de toda cobertura legal [FJ 6].
4. -Ni el art. 24.1 ni el 23.2 CE incorporan en su contenido un pretendido derecho de exclusión del control judicial de la llamada discrecionalidad técnica [FJ 4].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Carles Viver Pi-Sunyer, Presidente, don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3061/96, promovido por doña María Dolores Cabezas López, representada por el Procurador de los Tribunales don José Ignacio de Noriega Arquer y asistida por el Letrado don José Ramón Cordina Vallverdú, contra la Sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, de 1 de julio de 1996, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 2491/93, estimatoria del recurso contencioso-administrativo promovido por doña María Antonia Fernández Negrí contra la Resolución de la Comisión de Reclamaciones de Concursos de Cuerpos Docentes de la Universidad de Granada, de 15 de septiembre de 1993, que desestimó la reclamación presentada contra la propuesta de nombramiento de la Comisión... »
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