Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
221/2001
Fecha : 31/10/2001
Publicación Boe :
20011130 [«boe» Núm. 287]
Numero de Registro :
44/1999
Ponente :
Do±a María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: Promovido por don Eleuterio Población Knappe frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que, en grado de apelación, le condenó por un delito de alzamiento de bienes.
Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia; vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (motivación): fundamentación del alcance de la pena accesoria de suspensión impuesta.
1. La pena accesoria de suspensión de cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio ha de imponerse ex lege, pero requiere, en lo que atañe a su alcance en el caso concreto, una específica justificación que reside en la eventual relación directa del derecho, oficio o cargo ejercido con el delito cometido [FJ 7].
2. Sin entrar a ponderar si, conforme a la legislación penal aplicada, es posible la imposición de la pena accesoria con tal amplitud, función que sólo compete a los Tribunales penales, es lo cierto que el órgano judicial no exteriorizó la razón jurídica que podía avalar, en su caso, el alcance de la pena accesoria. Esta falta de fundamentación afecta a los derechos fundamentales recogidos en los arts. 23, 35.1 y 38 CE [FJ 7].
3. La obligación de motivar las sentencias se integra como una de las garantías protegidas en el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE; SSTC 55/1987, 139/2000) [FJ 6].
4. Para agotar los recursos judiciales no resultaba necesario haber acudido a la aclaración de Sentencia (art. 267 LOPJ) ni al incidente de nulidad de actuaciones (art. 240.3 LOPJ) [FJ 5].
5. No es posible impugnar la calificación jurídica de los hechos como lesiva del derecho a la presunción de inocencia (SSTC 81/1995, 278/2000) [FJ 2].
6. El recurrente no discute ninguno de los hechos declarados probados, sino la inferencia realizada por la Audiencia Provincial en el sentido de que, con dicho sustrato fáctico, habían de considerarse concurrentes todos los elementos del delito de alzamiento de bienes [FJ 2].
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Pedro Cruz Villalón, Presidente, don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Fernando Garrido Falla y do±a María Emilia Casas Baamonde, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 44/99, promovido por don Eleuterio Población Knappe, representado por el Procurador de los Tribunales don Antonio A. Sánchez-Jáuregui Alcaide y asistido por el Abogado don Agustín Tornos Rodríguez, contra la Sentencia de 28 de noviembre de 1998 de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid. Han comparecido don Felipe Andújar Domínguez, representado por la Procuradora de los Tribunales do±a Pilar Segura Sanagustín y asistido por el Abogado don Agustín López Anadón, y el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente do±a María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes... »
|
|
|
|