Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
112/1997
Fecha : 03/06/1997
Publicación Boe :
19970704 [«boe» Núm. 159]
Numero de Registro :
1280/1996
Ponente :
Don Vicente Gimeno Sendra
Sala :
Sala Primera: Excmos. Sres. Rodríguez, Gimeno, Cruz, Ruiz, Jiménez De
Parga Y García.
|
|
«... contenido de nuestra Sentencia desde el momento en que el derecho realmente vulnerado, tanto en orden lógico como material, ha sido el de acceso al proceso, como se ha razonado en el primer fundamento jurídico, y la vulneración de tal derecho determina la anulación de las resoluciones judiciales recaídas con posterioridad.
Fallo: FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION DE LA NACION ESPAÑOLA, Ha decidido Estimar el recurso de amparo interpuesto por doña María Antonia Lucas Ramos, y, en consecuencia: 1. Reconocer su derecho a la tutela judicial efectiva en su manifestación de acceso al proceso.
2. Anular la providencia del Juzgado de lo Social núm. 17 de Madrid, de 24 de noviembre de 1995, y el Auto del mismo Juzgado de 1 de febrero de 1996, así como el Auto de 1 de marzo de 1996.
3. Reponer las actuaciones al momento procesal anterior al archivo de la demanda, sin que ésta pueda inadmitirse respecto al Instituto Nacional de la Seguridad Social por las causas rechazadas en esta Sentencia.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a tres de junio de mil novecientos noventa y siete.
|
|
|
|