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SENTENCIA
Numero de Referencia :
200/1994
Fecha : 04/07/1994
Publicación Boe :
19940804 [«boe» Núm. 185]
Numero de Registro :
1004/1993
Ponente :
Don Julio Diego González Campos
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. López, Díaz, Gabaldón, González Y Viver.
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Extracto: 1. Se reitera doctrina de la STC 374/1993, en relación con la interpretación de las Disposiciones transitorias de la Ley 10/1992 [F.J.único].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Luis López Guerra, Presidente, don Eugenio Díaz Eimil, don José Gabaldón López, don Julio Diego González Campos y don Carles Viver Pi-Sunyer, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1.004/93, promovido por doña Victoria Brualla Gómez de la Torre, representada por el Procurador de los Tribunales don Enrique de Antonio Viscort y asistida del Letrado don Juan C. Nuevo Cuadrillero, contra Auto de la Sala Primera del Tribunal Supremo, de 4 de marzo de 1993, por el que se inadmite recurso de casación (núm. 1.472/92) contra Sentencia de la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid de 7 de febrero de 1992, resolutoria de recurso de apelación (rollo núm. 162/91) promovido contra la dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 46 de esa capital en Autos de procedimiento especial de la Ley de Arrendamientos Urbanos núm. 1.155/90. Ha sido parte la Hermandad Nacional de Previsión Social de Arquitectos Superiores, representada por la Procuradora doña Ana Prieto Lara-Barahonda y asistida de Letrado. Ha comparecido el Ministerio Fiscal y ha sido Ponente el Magistrado don Julio Diego González Campos, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el 1 de abril de 1993, don Enrique de Antonio Viscort, Procurador de los Tribunales y de doña Victoria Brualla Gómez de la Torre, interpone recurso de amparo contra el Auto de la Sala Primera del Tribunal Supremo, de 4 de marzo de 1993, por el que se inadmite el recurso de casación (núm. 1.472/92) intentado contra la Sentencia de la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid de 7 de febrero de 1992, en apelación ( rollo núm. 162/91) contra la dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 46 de esa capital en los Autos de procedimiento especial de la Ley de Arrendamientos Urbanos (L.A.U.) núm. 1.155/90.
2. Los hechos en los que se fundamenta la demanda son, sucintamente expuestos, los que siguen: A) Mediante escrito de 3 de marzo de 1992, la hoy recurrente solicitó a la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid que tuviera por preparado recurso de casación contra su Sentencia de 7 de febrero de 1992 (rollo de apelación núm. 162/91). El recurso de casación se tuvo por preparado el 26 de marzo de 1992, emplazándose a las partes para su comparecencia ante la Sala Primera del Tribunal Supremo dentro del término de cuarenta días.
B) El recurso de casación se interpuso el 22 de mayo de 1992.
C) Por Auto de 4 de marzo de 1993, la Sala Primera del Tribunal Supremo acordó la inadmisión del recurso, dado que con anterioridad a su interposición había entrado en vigor la Ley 10/1992, de Medidas Urgentes ... »
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