Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
118/2000
Fecha : 05/05/2000
Publicación Boe :
20000607 [«boe» Núm. 136]
Numero de Registro :
4205/1998
Ponente :
Don Tomás S
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: Promovido por don Domingo Valls Massip frente a los Autos de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de Instrucción de Girona que decretaron el sobreseimiento libre del Alcalde de Cassà de la Selva en una causa por delitos de desobediencia, coacciones y prevaricación.
Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a no sufrir dilaciones indebidas: Archivo motivado de una causa penal porque los hechos no son delito, sin necesidad de razonar sobre cada uno de los distintos tipos penales formulados por la acusación; falta de denuncia de los retrasos en la tramitación de las diligencias de instrucción.
1. -Los Autos impugnados estiman que ninguno de los dos hechos denunciados es delictivo, tanto la negativa municipal a reincorporar al recurrente en su puesto de Secretario del Ayuntamiento, como las condiciones de trabajo del recurrente una vez reincorporado, denegando la apertura del juicio oral. Los órganos judiciales razonaron ese juicio en términos más o menos amplios y más o menos convincentes, pero, al no carecer de razonabilidad y responder a las pretensiones deducidas por el demandante, no han negado la tutela judicial prescrita por el art. 24.1 CE [FJ 3].
2. -A pesar de la muy dilatada tramitación del asunto, el recurrente no desplegó la actividad de diligente colaboración y denuncia de posibles dilaciones que nuestra jurisprudencia exige para poder apreciarla [FJ 4].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Carles Viver Pi-Sunyer, Presidente don Julio Diego González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4205/98, interpuesto por don Domingo Valls Massip, representado por el Procurador don Alejandro González Salinas, con la asistencia del Letrado don Juan Geli Rissech, contra el Auto núm. 178/1998, de 7 de septiembre, de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Girona, que desestimó el recurso de apelación presentado contra las resoluciones de 3 de abril y 12 de mayo de 1998, del Juzgado de Instrucción núm. 2 de dicha ciudad, en las diligencias previas núm. 2883/1989, por las que se acordó el sobreseimiento libre de las actuaciones. Han intervenido el Ministerio Fiscal y don Jose María Dausa Crosas, representado por el Procurador don Eduardo Morales Price y asistido por el Letrado don Manuel Mir Tomás. Ha sido Ponente el Magistrado don Tomás S. Vives Antón, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en este Tribunal el 9 de octubre de 1998 el Procurador Sr. González Salinas, en nombre y representación de don Domingo Valls Massip, formuló demanda de amparo contra las resoluciones judiciales rese±adas en el encabezamiento.
2. Los hechos en los que se fundamenta la demanda son, en síntesis, los siguientes:... »
|
|
|
|