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SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 05/06/2006
Numero de Referencia :
169/2006
Publicación Boe :
20060707
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera.
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Extracto: Promovido por un Abogado en interés de don Ali Baker frente al Auto del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Puerto del Rosario (Fuerteventura) que inadmitió a trámite su solicitud de habeas corpus tras haber sido interceptado en una patera. Vulneración de los derechos a la libertad personal y al habeas corpus: inadmisión por razones de fondo de la petición presentada por un extranjero respecto a una privación de libertad gubernativa. Votos particulares.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3767-2003, promovido por el Letrado don Luis Miguel Pérez Espadas en interés de don Ali Baker, al que por turno de justicia gratuita se le designó la Procuradora de los Tribunales doña Almudena Gil Segura, contra el Auto de 23 de mayo de 2003 del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Puerto del Rosario, que inadmitió a trámite la solicitud de habeas corpus presentada. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Presidenta doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 9 de junio de 2003 el Letrado don Luis Miguel Pérez Espadas, manifestando defender de oficio a don Ali Baker, interpuso recurso de amparo contra la resolución del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Puerto del Rosario citada en el encabezamiento. En él solicitaba el Letrado que se oficiara al Colegio de Procuradores de Madrid a efectos de que se nombrase uno de sus colegiados para representar a su defendido.
2. Los hechos en los que se fundamenta la demanda son, sucintamente expuestos, los siguientes: a) Don Ali Baker fue detenido el 23 de mayo de 2003 por agentes de la policía nacional tras haber accedido al territorio nacional en una embarcación de las denominadas pateras.
b) El mismo día, por medio de escrito firmado por el interesado y el Letrado don Luis Miguel Pérez Espadas, se planteó ante el Juzgado de guardia de Puerto del Rosario (Fuerteventura) una solicitud de habeas corpus, en los siguientes términos: que su detención no estaba ajustada a Derecho, ya que no había cometido ningún delito, y que se debía exclusivamente a haber llegado a Fuerteventura como pasajero de una patera. Además, entendía que no se cumplieron «los preceptos del art. 61 de la Ley de extranjería», ya que para que procediera su detención cautelar era preciso que hubiera sido decretada por la autoridad gubernativa competente para la resolución del expediente administrativo de expulsión (art. 55.2 Ley de extranjería), competencia atribuida al Subdelegado del Gobierno en Las Palmas, sin que le constara que tal Subdelegado hubiera autorizado... »
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