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Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 07/11/2005
Numero de Referencia :
289/2005
Publicación Boe :
20051213
Ponente :
Don Vicente Conde Martín De Hijas
Sala :
Sala Segunda.
Extracto: Promovido por doña Yolanda San Vicente Galarza frente a los Autos de un Juzgado de lo Social de Vitoria-Gasteiz que inadmitieron su demanda contra Fundaciones Ocariz, S. A., en litigio por despido. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de demanda social por no haber subsanado unos defectos sin fundamento legal, indeterminados o contradictorios (STC 211/2002).
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 7715-2003, promovido por doña Yolanda San Vicente Galarza, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Esperanza Azpeitia Calvín y asistida por la Letrada doña Ziortza Bocanegra Larrauri, contra el Auto del Juzgado de lo Social núm. 3 de Vitoria-Gasteiz, de 7 de octubre de 2003, confirmado en reposición por Auto de 26 de noviembre de 2003, que inadmitió demanda en autos de despido núm. 475-2003. Ha comparecido y formulado alegaciones el Ministerio Fiscal. Ha actuado como Ponente el Magistrado don Vicente Conde Martín de Hijas, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 23 de diciembre de 2003 doña Esperanza Azpeitia Calvín, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de doña Yolanda San Vicente Galarza, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales a las que se ha hecho referencia en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. En la demanda de amparo se recoge la relación de antecedentes fácticos que a continuación sucintamente se extracta: a) La recurrente en amparo en fecha 4 de septiembre de 2003 presentó demanda en el Registro General de la Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz contra la empresa Fundaciones Ocariz, S. A., en reclamación de despido por la carta remitida en fecha 16 de julio de 2003, en la que se indicó que el contrato eventual firmando entre las partes finalizaba el día 31 de julio de 2003.
La demanda fue turnada al Juzgado de lo Social núm. 3 de Vitoria-Gasteiz, iniciándose el procedimiento de despido núm. 475-2003.
b) El Juzgado de lo Social núm. 3 de Vitoria-Gasteiz dictó providencia de fecha 23 de septiembre de 2003, a cuyo tenor: "Se tiene por presentada la anterior demanda de Yolanda San Vicente Galarza, representada por D.ª Ziortza Bocanegra Laurrauri -ELA-, con quien se entenderán las sucesivas diligencias, teniendo por parte demandada a Fundaciones Ocariz, S.
A.
Dado que la misma tiene defectos u omisiones, deberá determinar con precisión la acción de despido improcedente que ejercita en cuanto a los hechos que relata en la demanda; condición del empleador Ocariz,... »
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