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Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 08/02/1993
Numero de Referencia :
41/1993
Publicación Boe :
19930311 [«boe» Núm. 60]
Ponente :
Don Luis López Guerra
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. López, Rodríguez, Gabaldón, González Y Viver.
Extracto: 1. Se reitera doctrina de este Tribunal en materia del derecho a la ejecución de las Sentencias, según ha sido expuesta y resumida en la STC 153/1992 [F.J. 1].
2. Una vez firme la Sentencia, a su ejecución sólo puede oponerse una alteración sobrevenida del marco jurídico de referencia para la cuestión debatida en el momento de su resolución por el juzgador [F.J. 2].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Luis López Guerra, Presidente, don Alvaro Rodríguez Bereijo, don José Gabaldón López, don Julio Diego González Campos y don Carles Viver Pi-Sunyer, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1.142/90, promovido por don Antonio Rodríguez Gómez, Licenciado en Derecho, contra el Auto de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de noviembre de 1989, desestimatorio del recurso de súplica interpuesto contra la providencia de la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, de fecha 10 de marzo de 1989, por la que se da por cumplida la Sentencia dictada en el recurso núm. 1.483/81, sobre devengo de complemento de destino por especial preparación técnica. Han intervenido el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal y ha sido Ponente el Magistrado don Luis López Guerra, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el 5 de mayo de 1990, don Antonio Rodríguez Gómez, Licenciado en Derecho, interpone recurso de amparo contra el Auto de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de noviembre de 1989, desestimatorio del recurso de súplica promovido contra la providencia de la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, de fecha 10 de marzo de 1989, por la que se da por cumplida la Sentencia dictada en el recurso núm. 1.483/81, sobre devengo de complemento de destino por especial preparación técnica.
2. Los hechos en los que se fundamenta la demanda son, sucintamente expuestos, los que siguen: a) La Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid dictó Sentencia de 8 de julio de 1985 (recurso núm. 1.483/81), en la que se fallaba «que debemos estimar y estimamos el recurso deducido por don Antonio Rodríguez Gómez, seguido en esta Sala con el núm. 1.483/81, en impugnación de la desestimación presunta por silencio administrativo de la petición formulada al Director general de la Seguridad del Estado en escrito de fecha 26 de enero de 1981, por la que se solicitaba le sea acreditado el complemento de destino, por especial preparación técnica y responsabilidad, según el importe fijado para el nivel 24, con abono de los atrasos desde la toma de posesión en el puesto de Profesor de la Escuela Superior ... »
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