Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
7/2004
Fecha : 09/02/2004
Publicación Boe :
20040310 [«boe» Núm. 60]
Numero de Registro :
5316/1997
Ponente :
Don Pablo García Manzano
Sala :
Sala Primera
Documentos Relacionados :
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«... ello puede 19 19hacer imprescindible que las diligencias policiales y judiciales dirigidas a su investigación sean practicadas con el mayor secreto'' ( STC 196/1987, FJ 7; ATC 155/1999, FJ 4).» 5. De la aplicación de la doctrina anteriormente expuesta al caso concreto cabe concluir que las resoluciones judiciales impugnadas se ajustan a los requisitos de legitimidad constitucional que acaban de reseñarse.
a) Como hemos señalado en los antecedentes, la Guardia Civil detuvo a los recurrentes Rojo, Urra, Tobalina, García Rodríguez, Olabarria, Egusquiza, Palacios, Blanco Abad y Arriaga, junto a otras personas, en diversos momentos del día 29 de enero de 1992. Tras las detenciones, se solicita por fax al Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional la confirmación de la incomunicación, acompañando a las solicitudes informes en los que se hacen constar las circunstancias de la detención, así como la presunta implicación de los detenidos en actividades de la banda terrorista ETA y, en concreto, relacionadas con el llamado «comando Vizcaya». Existen en las actuaciones tres solicitudes policiales de fecha 29 de enero de 1992, que dieron lugar a tres Autos de la misma fecha por los que se decreta la incomunicación. La primera solicitud policial (ff.1-3 de las actuaciones) relata la detención de los recurrentes Rojo y Urra, «ambos presuntamente miembros liberados de la banda armada terrorista ETA, los cuales estaban ocultos en el domicilio propiedad de Juan Manuel Tobalina Rodríguez... en unión de su esposa María Paulina García Rodríguez... Ambas personas fueron igualmente detenidas; efectuado registro en el domicilio consignado, el mismo finalizó con la incautación de dos pistolas Browing de calibre 9 mm. Parabellum, cuatro cargadores al completo de munición marca SF año 1974, una placa del Cuerpo Superior de Policía, varios DNI falsos en unión de permisos de conducción falsos, un sello de la Jefatura de Tráfico, Tarjetas de Identificación del Ejército de Tierra, varios sobres conteniendo informaciones sobre miembros y Fuerzas de Seguridad del Estado, drogadictos, personal militar, policía autónoma y empresas, 800.000 pesetas en efectivo, cables, bombillas, regletas y manual para la confección de artefactos explosivos». Igualmente se da cuenta de la detención en la misma operación de otras personas, entre las que se encuentran el recurrente Aitor Olabarria Burón.
A la vista de todo ello «se solicita la incomunicación para los detenidos por sus presuntas actividades a favor de la banda armada terrorista ETA (m) y estar presuntamente relacionados con el 19 19comando Vizcaya''». Ese mismo día, como continuación del fax anterior, se realiza una segunda solicitud de incomunicación (ff. 8-9), en la que se da cuenta de la detención de otras cinco personas, entre las que se encuentran los recurrentes Palacios, Egusquiza y Blanco Abad, así como la entrada y registro en los domicilios de éstos últimos, solicitando... »
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