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SENTENCIA
Numero de Referencia :
68/2003
Fecha : 09/04/2003
Publicación Boe :
20030513 [«boe» Núm. 114]
Numero de Registro :
3782-2000/
Ponente :
Don Eugeni Gay Montalvo
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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«...test de alcoholemia». Razón por la que el juzgador de instancia consideró que, en este caso, habían de «extremarse las cautelas en la valoración de la prueba», concluyendo finalmente que del hecho de que el testigo en cuestión comenzara «por afirmar que no recordaba los hechos, de manera que sólo tras la exhibición del atestado pudo contestar a las preguntas que le fueron hechas», y del dato de que hubieran pasado seis a±os desde que dicho atestado fuera confeccionado, cabía deducir que el mencionado testigo se había limitado a «una mera ratificación formal de lo que obra en autos, por lo que no consideramos probado el delito objeto de acusación».
b) Presentado por el Ministerio Fiscal recurso de apelación contra la anterior resolución, fue estimado por Sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante de 19 de mayo de 2000 y, en consecuencia, quedó revocada la Sentencia absolutoria dictada en instancia condenándose a don José Antonio Mas Ferré, como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de multa por importe de 100.000 ptas., con arresto sustitutorio de cuatro días en caso de impago previa excusión de sus bienes, y a la de privación del permiso de conducir por tiempo de tres meses y un día, así como al pago de las costas habidas en primera instancia.
En dicha resolución, notificada a la representación del demandante de amparo con fecha de 6 de junio de 2000, se recogían como antecedentes los siguientes hechos probados en instancia: «El día 4 de julio de 1993, el acusado... conducía un coche por la carretera A-192, término de El Campello. La Guardia Civil le requirió para someterse a la diligencia de alcoholemia, a lo que se negó. El acusado ha sido condenado en Sentencia firme de 5 de diciembre de 1991 por delito contra la seguridad del tráfico». Sin embargo, a diferencia de la Sentencia apelada, la dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante concluía que la ratificación del atestado, en el acto del juicio oral, por uno de los agentes que lo había confeccionado constituía prueba de cargo suficiente para condenar al Sr. Mas Ferré, ya que dicha declaración, debidamente sometida a contradicción en el indicado momento, habría puesto de relieve «la irregular conducción del acusado, que circulaba haciendo eses por la vía pública y parándose en medio de la calzada, y confirmó los signos externos apreciables como el olor a alcohol, el habla pastosa, la expresión incoherente... elementos probatorios que llevan a la conclusión lógica de que estaba en un estado subsiguiente a una ingesta alcohólica que determinaba una grave disminución de sus facultades psicofísicas y de control en la conducción».
3. Se aduce en la demanda que la Sentencia dictada en apelación ha vulnerado los derechos del demandante de amparo a la tutela judicial efectiva, a la defensa y a la presunción de inocencia, respectivamente reconocidos en los apartados 1 ... »
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