Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
198/1998
Fecha : 13/10/1998
Publicación Boe :
19981118 [«boe» Núm. 276]
Numero de Registro :
1123/1996
Ponente :
Don Fernando García-mon Y González-regueral
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Gabaldón, García-mon, De Mendizábal, González,
Viver Y Vives.
Documentos Relacionados :
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Extracto: 1. Este Tribunal ha resuelto numerosos recursos de amparo en supuestos de hecho sustancialmente iguales al presente y a las que los recurrentes imputaban las mismas tachas de inconstitucionalidad fundadas en iguales argumentos y la empresa alegaba la misma excepción de procedibilidad. En todos ellos se ha otorgado el amparo por vulneración de los art. 28.1 C.E. en conexión con el art. 18.4 C.E., y no así por la infracción también denunciada del art. 24.1 C.E. cuyo contenido no engarza con el de los derechos fundamentales controvertidos [F.J. único].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don José Gabaldón López, Presidente; don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Carles Viver Pi-Sunyer y don Tomás S. Vives Antón, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1.123/96 promovido por don Gregorio Barahona Yébenes, representado por el Procurador de los Tribunales don Angel Martín Gutiérrez y asistido del Letrado don Juan Durán Fuentes, contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 9 de junio de 1995, dictada en procedimiento de tutela de derechos fundamentales. Han comparecido el Ministerio Fiscal y la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE), representada por la Procuradora doña Teresa de las Alas-Pumariño Larrañaga y asistida del Letrado don Luis Díaz-Guerra Alvarez. Ha sido Ponente el Magistrado don Fernando García-Mon y González-Regueral, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 16 de marzo de 1996 el Procurador de los Tribunales don Angel Martín Gutiérrez, en nombre y representación de don Gregorio Barahona Yébenes, interpuso recurso de amparo contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 9 de junio de 1995, estimatoria del recurso de suplicación interpuesto contra la dictada por el Juzgado de lo Social núm. 26 de Madrid el 24 de octubre de 1994.
2. La demanda se basa en los siguientes hechos: a) El ahora recurrente, afiliado a CC.OO., presta servicios para la empresa RENFE. Su horario de trabajo es de veintidós horas a las seis horas de la mañana siguiente.
b) El Comité General de Empresa convocó huelga, apoyada por los sindicatos CC.
OO. y C.G.T. -no por U.G.T. y S.E.M.A.F.para los días 11, 13, 15, 18, 20, 22, 25, 27 y 29 de abril de 1994, pero únicamente de seis treinta a ocho treinta y de dieciocho treinta a veinte treinta horas.
c) El recurrente no participó en la huelga, cuyas distribuciones horarias no coincidían con su horario de trabajo, pese a lo cual la empresa procedió a descontarle su salario como si lo hubiera hecho. Dicho descuento afectó al actor en su nómina de mayo de 1994 en una cuantía total de 19.779 ... »
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