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SENTENCIA
Numero de Referencia :
154/2003
Fecha : 17/07/2003
Publicación Boe :
20030813 [«boe» Núm. 193]
Numero de Registro :
4456/2003
Ponente :
Don Vicente Conde Martín De Hijas
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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«...proceso, pudiendo haber efectuado, como efectivamente lo hizo, cuantas alegaciones estimó pertinentes en la defensa de sus derechos e intereses [FJ 4].
10. No cabe apreciar, en la Sentencia recurrida una quiebra del principio de conservación de los actos válidamente celebrados en el procedimiento electoral [ FJ 4].
11. Ningún reproche cabe dirigir desde la perspectiva de los derechos recogidos en el art. 24 CE a la decisión motivada, razonada y fundada en Derecho del órgano judicial a quo de inadmitir parte de la prueba documental propuesta por la demandante de amparo [FJ 3].
12. La coalición demandante de amparo no formuló ante el órgano judicial queja alguna en relación con la falta de agotamiento de la vía administrativa previa por lo que incurre en la causa de inadmisibilidad de falta de invocación en el proceso del derecho constitucional supuestamente vulnerado (STC 184/2001) [FJ 2].
13. Siguiendo un orden lógico en el examen de las quejas aducidas por la coalición electoral demandante de amparo, análisis ha de comenzar por las referidas a los hechos acaecidos supuestamente durante la tramitación del recurso contencioso-electoral [FJ 2].
14. Al anular la Sentencia, ha de tenerse por válido el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Sueca, de 16 de junio de 2003, por el que se asignó el único Diputado provincial que corresponde al partido judicial de Sueca a la coalición electoral demandante de amparo [FJ 11].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Tomás S. Vives Antón, Presidente, don Pablo Cachón Villar, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Guillermo Jiménez Sánchez, doña Elisa Pérez Vera y don Eugeni Gay Montalvo, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo electoral núm. 4456-2003, promovido por la coalición electoral Partido Socialista Obrero Español/Esquerra Unida-Entesa, representada por el Procurador de los Tribunales don Antonio Ramón Rueda López y asistida por el Letrado don F. Julián Palencia Domínguez, contra la Sentencia de la Sección Electoral de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana núm. 953/2003, de 1 de julio, estimatoria del recurso contencioso-electoral interpuesto contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Sueca, de 16 de junio de 2003, por el que se asignó el puesto de Diputado Provincial a la coalición electoral recurrente en amparo. Han comparecido y formulado alegaciones don Eugenio Pérez Mifsud, representado por el Procurador de los Tribunales don Jorge Deleito García y asistido por el Letrado don Enrique Llopis Reyna, y el Ministerio Fiscal. Ha actuado como Ponente el Magistrado don Vicente Conde Martín de Hijas, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 5 de julio de 2003, don Antonio Ramón Rueda López, Procurador... »
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