|
Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Inconstitucionalidad. »
FECHA : 04/11/2004
Numero de Referencia :
194/2004
Publicación Boe :
20041202
Ponente :
Don Eugeni Gay Montalvo
Sala :
Pleno
|
|
Extracto: Formulados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las Cortes de Aragón y la Diputación General de Aragón respecto de la Ley 41/1997, de 5 de noviembre, por la que se modifica la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Competencias sobre medio ambiente y espacios naturales protegidos: Organización y gestión de los parques nacionales; planificación y financiación (STC 102/1995). Nulidad e interpretación de preceptos estatales. Voto particular.
Preámbulo: El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En los recursos de inconstitucionalidad acumulados núms. 460/98, 469/98 y 483/98. El primero de dichos recursos ha sido formulado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía contra el artículo único de la Ley 41/1997, de 5 de noviembre, por la que se modifica la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en cuanto que su artículo único da nueva redacción a los arts. 19.3, 5 y 7; 22.3; 22 bis.2; 22.ter.2; 23; 23.bis; y 23.ter; y contra la disposición adicional primera y la disposición final segunda de dicha Ley 41/1997. El segundo de los recursos de inconstitucionalidad ha sido planteado por las Cortes de Aragón contra el artículo único de la Ley 41/1997, en lo relativo a la nueva redacción dada a los arts. 19.3 y 7; 23; 23.bis; 23.ter y disposición adicional primera de la Ley 4/1989; y contra las disposiciones adicional cuarta y final segunda de la propia Ley 4/1997. Por último, el tercero de dichos recursos de inconstitucionalidad ha sido formulado por la Diputación General de Aragón también frente al artículo único de la Ley 41/1997, en lo relativo a la nueva redacción que realiza de los arts. 19.1,3 y 7; 22.3; 23; 23.bis; 23.ter, 1, 2 y 4 de la Ley 4/1989; y contra las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera, quinta y séptima y disposición final segunda de la misma Ley 41/1997.
Han comparecido el Abogado del Estado, en la representación que ostenta, el Letrado de la Junta de Andalucía, los Letrados de las Cortes de Aragón, el Letrado de la Generalidad de Cataluña, en calidad de coadyuvante, y el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón. Ha sido Ponente el Magistrado don Eugeni Gay Montalvo, quién expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. El día 5 de febrero de 1998, el Letrado de la Junta de Andalucía, en la representación que ostenta, comparece ante el Tribunal y plantea recurso de inconstitucionalidad frente al artículo único de la... »
|
|