Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
178/2006
Fecha : 06/06/2006
Publicación Boe :
20060707
Numero de Registro :
1301/1997
Ponente :
Don Pablo Pérez Tremps
Sala :
Pleno.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por el Presidente del Gobierno respecto a la Ley de Asturias 10/1996, de 31 de diciembre, de presupuestos generales del Principado para 1997. Competencias sobre régimen estatutario de los funcionarios públicos, planificación general de la actividad económica y coordinación de haciendas públicas: límites estatales al incremento de retribuciones (SSTC 63/1986 y 62/2001); publicidad de las retribuciones de los funcionarios autonómicos y omisión legislativa. Nulidad de precepto autonómico.
Preámbulo: El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1301/97, interpuesto por el Presidente del Gobierno, representado por el Abogado del Estado, contra el artículo 32 de la Ley 10/1996, de 31 de diciembre, de presupuestos generales del Principado de Asturias para 1997, así como contra la omisión en la misma de la cuantía de los conceptos retributivos de los funcionarios de la Comunidad Autónoma. Han comparecido y formulado alegaciones la Junta General y el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, representados por sus respectivos Letrados. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo Pérez Tremps, quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. El Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, mediante escrito registrado en este Tribunal el 26 de marzo de 1997, interpuso recurso de inconstitucionalidad contra dos extremos de la Ley 10/1996, de 31 de diciembre, de presupuestos generales del Principado de Asturias para 1997: su artículo 32 y la omisión de las cuantías de los conceptos retributivos de los funcionarios de esta Comunidad Autónoma. Los aspectos más relevantes de la argumentación jurídica del recurso son los siguientes: a) El art. 32 de la Ley recurrida tiene por objeto la regulación de la oferta de empleo público en el Principado de Asturias durante el año 1997. Dispone este precepto que «[d]urante el año 1997 se convocará una oferta pública de empleo que comprenda todas las plazas vacantes que existan en la Administración pública autonómica en 1 de enero de 1997, así como las que se produzcan a lo largo de 1997 siempre que cuenten con dotación presupuestaria». En opinión del Abogado del Estado, este precepto vulnera la legislación básica estatal dictada al amparo de los arts. 149.1.13 y 156.1 CE, y 82.1 b de la Ley Orgánica de financiación de las Comunidades Autónomas, que, para el ejercicio presupuestario en cuestión, se concreta en el apartado cuarto del art. 17 ... »
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