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SENTENCIA
Numero de Referencia :
93/2000
Fecha : 10/04/2000
Publicación Boe :
20000518 [«boe» Núm. 119]
Numero de Registro :
1316/96 Y 1427
Ponente :
Don Pedro Cruz Villalón
Sala :
Sala Primera
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovidos por don José Luis Casuso Nates, don Agustín Gutiérrez Herrerías y doña Isabel Morlote Lloreda frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Santander que, estimando el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal, les condenó como autores de un delito de alzamiento de bienes.
Supuesta vulneración, y vulneración, del derecho a la tutela judicial sin indefensión: imposibilidad de defenderse de la adhesión a la apelación.
1. A los recurrentes de amparo no se les dio traslado de la apelación adhesiva formulada por el Ministerio Fiscal, con lo que no tuvieron oportunidad de contradecir ni oponerse al recurso [FJ 6].
2. De la omisión advertida se deriva una clara situación de indefensión respecto de dos de los recurrentes. Por el contrario, procede desestimar el recurso promovido por el tercero, respecto del cual no es posible apreciar indefensión alguna con relevancia constitucional, pues su condena está claramente desligada de la tramitación del recurso adhesivo del Fiscal [FJ 7].
3. La regularidad de la adhesión a la apelación está condicionada a que hubiera existido posibilidad de debatir y contradecir tales pretensiones, aunque el art. 795.4 LECrim no prevea trámite de traslado (SSTC 162/1997 y 56/1999) [FJ 4].
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Pedro Cruz Villalón, Presidente; don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Fernando Garrido Falla y do±a María Emilia Casas Baamonde, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En los recursos de amparo acumulados núms. 1.316/96 y 1.427/96, promovido el primero por don José Luis Casuso Nates, representado por la Procuradora de los Tribunales do±a Nuria Munar Serrano y asistido del Letrado don Federico Argui±arena Ruiz-Bravo, y el segundo por don Agustín Gutiérrez Herrerías y do±a Isabel Morlote Lloreda, representados por la Procuradora do±a María Luz Albacar Medina y bajo la dirección letrada de don Luis Alberto Bezanilla Agüero. Tienen por objeto ambos recursos la Sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Santander de 5 de marzo de 1996, dictada en el recurso de apelación (rollo núm. 4/96) interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Santander, de 22 de septiembre de 1995, en el procedimiento abreviado núm. 519/94 seguido por delito de alzamiento de bienes. Han sido parte la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, representada por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén y bajo la dirección letrada de don José Antonio Somarriba Bahón y el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Presidente don Pedro Cruz Villalón, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en este Tribunal el 29 de marzo de 1996, la Procuradora de los Tribunales do±a Nuria Munar Serrano, en nombre y representación... »
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