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SENTENCIA
Numero de Referencia :
74/1998
Fecha : 31/03/1998
Publicación Boe :
19980506 [«boe» Núm. 108]
Numero de Registro :
397/1996 Y 784
Ponente :
Don Enrique Ruiz Vadillo
Sala :
Sala Primera: Excmos. Sres. Rodríguez, Gimeno, Cruz, Ruiz, Jiménez De
Parga Y García.
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Extracto: 1. En el presente supuesto ha quedado acreditada la existencia de una diferencia de trato en materia salarial y profesional entre representantes sindicales, de diversos sindicatos, y por parte de la empresa no se han acreditado causas objetivas y razonables suficientes que permitan destruir la apariencia discriminatoria creada, y alcanzar la convicción necesaria que la actuación empresarial ha sido ajena a todo propósito atentatorio de la libertad sindical. La ausencia de prueba trasciende de este modo el ámbito puramente procesal y determina en último término, que los indicios aportados por los recurrentes, desplieguen toda su operatividad para declarar la lesión de los derechos fundamentales de los recurrentes (STC 90/1997, y las allí citadas). La Sentencia del T.S.J. de Madrid impugnada no cumplió las exigencias de la doctrina constitucional sobre la distribución de la carga de la prueba en estos supuestos, y por consiguiente no reparó y lesionó por tanto el derecho de los recurrentes, a no sufrir discriminaciones contrarias a su derecho fundamental a la libertad sindical (arts. 14 C.E. y 28.1 C.E.) [F.J. 7].
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Alvaro Rodríguez Bereijo, Presidente; don Vicente Gimeno Sendra, don Pedro Cruz Villalón, don Enrique Ruiz Vadillo, don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, y don Pablo García Manzano, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En los recursos de amparo núms. 397/96 y 784/96 interpuestos por don José Ponce Rodríguez, don Antonio Montero Palencia, don Benito García Zurdo, don Miguel Angel Pino Gutiérrez, don Andrés Ortiz Rey, doña Marina Pascual García, don Miguel Angel Paniagua Alcoba, y la Federación Estatal de Trabajadores y Empleados de Servicios de la Unión General de Trabajadores, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Rosina Montes Agustí, y doña Manuela Estrada Lorenzo, don Emilio Alvarez Nistal, don José Luis Romero Salido, don Lorenzo García Romero, don Alberto Moradillo Asenjo, doña María Carmen Iniesta García, don Rafael Peinado Cortés, don Luis Ael Fuente, y la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Cañedo Vega, y asistidos por los Letrados don José Garrido Palacios, don Carlos Slepoy Prada y don Enrique Lillo Pérez, contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 30 de noviembre de 1994. Han sido partes, además del Ministerio Fiscal, El Corte Inglés, S.A., representado por el Procurador don Carlos Andreu Socias, y asistido por el Letrado don Juan Antonio Sagardoy . Ha sido Ponente el Magistrado don Enrique Ruiz Vadillo, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en el Tribunal el 1 de febrero de 1996, don José Ponce Rodríguez y otros, y la Federación Estatal de Trabajadores y Empleados de ... »
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