Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
26/1989
Fecha : 03/02/1989
Publicación Boe :
19890228 [«boe» Núm. 50]
Numero de Registro :
961/1986 Y 1151
Ponente :
Don Luis López Guerra
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Begué, Latorre, García-mon, De La Vega,
Leguina Y López.
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«... de ampliación, sin que quepa que este Tribunal emita por lo demás, juicio alguno sobre el contenido de la resolución.
Fallo: FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION DE LA NACION ESPAÑOLA, Ha decidido Estimar parcialmente dos recursos de amparo interpuestos por la Mancomunidad de los 150 Pueblos de la Tierra de Soria y, en su virtud: 1º. Declarar la nulidad de las Sentencias de 4 de julio de 1986 y de 19 de junio de 1987.
2º. Reconocer el derecho de la recurrente a la tutela judicial efectiva; 3º. Retrotraer, en ambos procedimientos, las actuaciones al momento inmediatamente anterior al de dictar Sentencia, para que la Sala dicte otra en que se dé respuesta a las pretensiones formuladas en los respectivos escritos de ampliación presentados por la recurrente; y 4º. Desestimar el recurso en todo lo demás.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a tres de febrero de mil novecientos ochenta y nueve.
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