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El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de noviembre actual, ha acordado admitir a tr谩mite la cuesti贸n de inconstitucionalidad n煤m. 7686-2009 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n煤m. 1 de Bilbao, en el recurso contencioso-administrativo n煤m. 346/2007, en relaci贸n con el art铆culo 32 j) de la Ley del Parlamento Vasco 4/1995, de 10 de noviembre, de Espect谩culos P煤blicos y Actividades Recreativas, por posible vulneraci贸n del art铆culo 25 de la Constituci贸n, y, de conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 10.1 c) LOTC, en la redacci贸n dada por la Ley Org谩nica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para s铆 el conocimiento de la presente cuesti贸n.
De conformidad con lo establecido en el art铆culo 37.2 LOTC, en su nueva redacci贸n, quienes sean parte en el procedimiento judicial, recurso contencioso-administrativo n煤m. 346/2007, podr谩n personarse ante este Tribunal dentro de los quince d铆as siguientes a la publicaci贸n del presente edicto en el Bolet铆n Oficial del Estado.
Madrid, 26 de noviembre de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.