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Legislaci贸n »
Decisión
Numero de Referencia :
2003/80132
Fecha : 31/01/2003
Documentos Relacionados :
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DECISIÓN de la Comisión, de 30 de enero de 2003, por la que se modifica la Decisión 2002/994/CE relativa a determinadas medidas de protección con respecto a los productos de origen animal importados de China [notificada con el número C(2003) 426].
LA COMISI脫N DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organizaci贸n de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de pa铆ses terceros (1), y, en particular, el apartado 1 de su art铆culo 22,
Considerando lo siguiente:
(1) Tras detectarse residuos de medicamentos veterinarios en determinados productos de origen animal importados de China y a ra铆z de las deficiencias constatadas en una visita de inspecci贸n a este pa铆s en relaci贸n con la normativa sobre medicamentos veterinarios y con el sistema de control de residuos presentes en animales vivos y en productos animales, la Comisi贸n adopt贸 la Decisi贸n 2002/69/CE, de 30 de enero de 2002, relativa a determinadas medidas de protecci贸n con respecto a los productos de origen animal importados de China (2).
(2) La informaci贸n proporcionada por las autoridades de China y los resultados favorables de las comprobaciones realizadas por los Estados miembros han permitido autorizar la importaci贸n de determinados productos de origen animal mediante diversas modificaciones de la Decisi贸n 2002/69/CE. Estas modificaciones se consolidaron en la Decisi贸n 2002/994/CE de la Comisi贸n (3).
(3) La Decisi贸n 2002/69/CE, modificada por la Decisi贸n 2002/933/CE (4), incluy贸 los filetes de salm贸n (Salmo salar) tanto silvestre como procedente de la acuicultura entre los productos cuya importaci贸n de China se autoriza. No obstante, este producto se mantuvo en el anexo de la Decisi贸n 2002/994/CE sin especificar que ambos or铆genes se autorizaban. En consecuencia, el anexo de la Decisi贸n 2002/994/CE debe modificarse en consecuencia.
(4) Las medidas previstas en la presente Decisi贸n se ajustan al dictamen del Comit茅 permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISI脫N:
Art铆culo 1
El anexo de la Decisi贸n 2002/994/CE queda sustituido por el texto del anexo de la presente Decisi贸n.
Art铆culo 2
La presente Decisi贸n se aplicar谩 a partir del 3 de febrero de 2003.
Art铆culo 3
Los destinatarios de la presente Decisi贸n ser谩n los Estados miembros
Hecho en Bruselas, el 30 de enero de 2003.
Por la Comisi贸n
David Byrne
Miembro de la Comisi贸n
_________________
(1) DO L 24 de 30.1.1998, p. 9.
(2) DO L 30 de 31.1.2002, p. 50.
(3) DO L 348 de 21.12.2002, p. 154.
(4) DO L 324 de 29.11.2002, p. 71.
ANEXO
"ANEXO
Parte I. Lista de productos de origen animal destinados al consumo humano o a la alimentaci贸n animal cuya importaci贸n en la Comunidad se autoriza sin an谩lisis:
Productos de la pesca, excepto:
productos procedentes de la acuicultura, excepto los filetes de salm贸n de la especie Salmo salar que se citan a continuaci贸n,
anguilas,
camarones excepto los capturados en el Oc茅ano Atl谩ntico que se citan a continuaci贸n.
Filetes de salm贸n de la especie Salmo salar.
-... 禄
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REFERENCIAS ANTERIORES
SUSTITUYE el anexo de la DECISI脫N 2002/994, de 20 de diciembre (Ref. 2002/82341).
NOTAS
Aplicable desde el 3 de febrero de 2003.
MATERIAS
CHINA
IMPORTACIONES
INSPECCION VETERINARIA
PRODUCTOS PESQUEROS
SALUD
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