|
|
|
Legislaci贸n »
Decisión
Numero de Referencia :
2009/81164
Fecha : 30/06/2009
Documentos Relacionados :
|
|
Decisión del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social Europeo y del Comité de las Regiones, de 26 de junio de 2009, relativa a la organización y al funcionamiento de la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea.
EL PARLAMENTO EUROPEO,
EL CONSEJO,
LA COMISI脫N,
EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,
EL TRIBUNAL DE CUENTAS,
EL COMIT脡 ECON脫MICO Y SOCIAL EUROPEO,
EL COMIT脡 DE LAS REGIONES,
Visto el Tratado de la Uni贸n Europea,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energ铆a At贸mica,
Considerando lo siguiente:
(1) El art铆culo 8 de la Decisi贸n de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, de 8 de abril de 1965, relativa a la instalaci贸n provisional de determinadas instituciones y de determinados servicios de las Comunidades ( 1 ), preve铆a la instalaci贸n en Luxemburgo de la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas (denominada en lo sucesivo 芦la Oficina禄). Esta disposici贸n fue aplicada en primer lugar por la Decisi贸n 2000/459/CE, CECA, Euratom del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisi贸n, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comit茅 Econ贸mico y Social y del Comit茅 de las Regiones ( 2 ).
_____________________________
( 1 ) DO 152 de 13.7.1967, p. 18.
( 2 ) DO L 183 de 22.7.2000, p. 12.
(2) Las normas y reglamentaciones aplicables a los funcionarios y otros agentes de las Comunidades Europeas son aplicables a la Oficina. Es preciso tener en cuenta sus modificaciones recientes.
(3) El Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 1 ), denominado en lo sucesivo 芦el Reglamento financiero禄, prev茅 disposiciones particulares relativas al funcionamiento de la Oficina.
(4) El sector editorial ha experimentado una evoluci贸n tecnol贸gica considerable que debe ser tenida en cuenta para el funcionamiento de la Oficina.
(5) En aras de la claridad, es conveniente que se derogue la Decisi贸n 2000/459/CE, CECA, Euratom, sustituy茅ndola por la presente Decisi贸n.
DECIDEN:
Art铆culo 1
Oficina de Publicaciones
1. La Oficina de Publicaciones de la Uni贸n Europea (denominada en lo sucesivo 芦la Oficina禄) es una oficina interinstitucional que tiene por objeto garantizar la edici贸n de las publicaciones de las instituciones de las Comunidades Europeas y de la Uni贸n Europea, en las mejores condiciones posibles.
A este fin, la Oficina, por una parte, permite a las instituciones cumplir sus obligaciones de publicaci贸n de los textos reglamentarios y, por otra, contribuye a la concepci贸n t茅cnica y la aplicaci贸n de las pol铆ticas de informaci贸n y comunicaci贸n en los 谩mbitos de su competencia.
2. La Oficina est谩 gestionada por un Director que act煤a de acuerdo con las orientaciones estrat茅gicas que establece el Comit茅 de Direcci贸n. A excepci贸n de las disposiciones espec铆ficas de car谩cter institucional de la Oficina previstas en la presente Decisi贸n, la Oficina aplica los procedimientos administrativos y financieros de la Comisi贸n. Al establecer dichos procedimientos,... 禄
|
|
|
|
REFERENCIAS ANTERIORES
DEROGA la DECISI脫N 2000/459, de 20 de julio (Ref. 2000/81332).
NOTAS
Efectos desde el 1 de julio de 2009.
MATERIAS
Diario Oficial de la Uni贸n Europea
Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas
Organismo y agencia CE
Publicaciones oficiales
|
|
|
|