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Legislaci贸n »
DECISIÓN
Numero de Referencia :
2006/80607
Fecha : 04/04/2006
Documentos Relacionados :
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Decisión de la Comisión, de 31 de marzo de 2006, relativa a determinadas medidas de protección en relación con una sospecha de presencia de gripe aviar altamente patógena en Suiza [notificada con el número C(2006) 1107].
LA COMISI脫N DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organizaci贸n de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de pa铆ses terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (1), y, en particular, su art铆culo 18, apartados 1, 3 y 6,
Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organizaci贸n de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de pa铆ses terceros (2), y, en particular, su art铆culo 22, apartados 1, 5 y 6,
Visto el Reglamento (CE) no 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compa帽铆a sin 谩nimo comercial, y se modifica la Directiva 92/65/CEE del Consejo (3), y, en particular, su art铆culo 18,
Considerando lo siguiente:
(1) La gripe aviar es una infecci贸n v铆rica de las aves y las aves de corral responsable de una mortalidad y unos trastornos que pueden adquirir r谩pidamente proporciones de epizootia que supongan una grave amenaza para la salud animal y la salud p煤blica y reduzcan considerablemente la rentabilidad de la avicultura. Existe el riesgo de que el agente pat贸geno se introduzca a trav茅s del comercio internacional de aves de corral vivas y de productos av铆colas.
(2) Suiza ha notificado a la Comisi贸n el aislamiento de un virus H5 de gripe aviar recogido de un caso cl铆nico en una especie silvestre. A la espera de que concluya la determinaci贸n del tipo de neuraminidasa (N) y del 铆ndice de patogenicidad, el cuadro cl铆nico hace sospechar que se trata de una gripe aviar altamente pat贸gena.
(3) Teniendo en cuenta el riesgo que supone para la salud animal la introducci贸n de esta enfermedad en la Comunidad, procede suspender, como medida inmediata, las importaciones desde Suiza de aves de corral vivas, estrucioniformes vivas, aves de caza de cr铆a y silvestres vivas, aves vivas diferentes de las aves de corral y de huevos para incubar de estas especies.
(4) Asimismo, debe suspenderse la importaci贸n a la Comunidad procedente de Suiza de carne fresca de aves de caza silvestres y la importaci贸n de carne picada, preparados de carne, carne separada mec谩nicamente y productos c谩rnicos consistentes en carne de estas especies o que la contengan.
(5) Teniendo en cuenta el per铆odo de incubaci贸n de la enfermedad, parece apropiado seguir autorizando determinados productos derivados de aves de corral sacrificadas antes del 1 de febrero de 2006.
(6) La Decisi贸n 2005/432/CE de la Comisi贸n, de 3 de junio de 2005, por la que se establecen las condiciones sanitarias y zoosanitarias y los modelos de certificado para las importaciones de productos... 禄
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REFERENCIAS ANTERIORES
CITA la DECISI脫N 2005/432, de 3 de junio (Ref. 2005/81048)
REFERENCIAS POSTERIORES
SE MODIFICA el art. 3 y SE SUSTITUYE el anexo, por DECISI脫N 2006/892, de 5 de diciembre (Ref. 2006/82490)
SE MODIFICA el art. 3, por DECISI脫N 2006/405, de 7 de junio (Ref. 2006/81067)
NOTAS
Aplicable hasta el 31 de mayo de 2006.
MATERIAS
AVES
AVES DE CORRAL
CONFEDERACION SUIZA
ENFERMEDAD ANIMAL
IMPORTACIONES
PRODUCTOS AVICOLAS
SANIDAD VETERINARIA
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