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Legislación »
Decisión
Numero de Referencia :
2008/80661
Fecha : 10/04/2008
Documentos Relacionados :
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Decisión del Comité Mixto del EEE nº 145/2007, de 26 de octubre de 2007, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE.
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 122/2007, de 28 de septiembre de 2007 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2005, relativo al establecimiento de una lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidad y a la información que deben recibir los pasajeros aéreos sobre la identidad de la compañía operadora, y por el que se deroga el artículo 9 de la Directiva 2004/36/CE (2).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 473/2006 de la Comisión, de 22 de marzo de 2006, por el que se establecen las normas de aplicación de la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad, prevista en el capítulo II del Reglamento (CE) no 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).
(4) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 474/2006 de la Comisión, de 22 de marzo de 2006, por el que se establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad, prevista en el capítulo II del Reglamento (CE) no 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (4).
(5) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 910/2006 de la Comisión, de 20 de junio de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 474/2006 por el que se establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad, prevista en el capítulo II del Reglamento no 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (5).
(6) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 1543/2006 de la Comisión, de 12 de octubre de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 474/2006, por el que se establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad, prevista en el capítulo II del Reglamento (CE) no 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, y modificado por el Reglamento (CE) no 910/2006 (6).
(7) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 235/2007 de la Comisión, de 5 de marzo de 2007, que modifica el Reglamento (CE) no 474/2006 por el que se establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad (7).
(8) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 787/2007 de la Comisión, de 4 de julio de 2007, que modifica el Reglamento (CE) no 474/2006 de la Comisión por el que se establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad (8).
______________________
(1) DO L 47 de 21.2.2008, p. 47.
(2) DO L 344 de 27.12.2005,... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
MODIFICA el ANEXO XIII del ACUERDO EEE aprobado por DECISIÓN 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. 1994/80086).
NOTAS
Entrada en vigor el 27 de octubre de 2007, si se cumple lo indicado.
MATERIAS
ACUERDOS INTERNACIONALES
EMPRESAS
ESPACIO ECONOMICO EUROPEO
TRANSPORTES AEREOS
VIAJEROS
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