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Legislación »
Decisión
Numero de Referencia :
2008/80881
Fecha : 20/05/2008
Documentos Relacionados :
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Decisión de la Comisión, de 8 de mayo de 2008, relativa a determinadas medidas de protección contra la peste porcina clásica en Eslovaquia [notificada con el número C(2008) 1765].
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
(1) Se han producido brotes de peste porcina clásica en Eslovaquia.
(2) Debido al comercio de cerdos vivos y de determinados productos porcinos, tales brotes constituyen un peligro para las cabañas de otros Estados miembros.
(3) Eslovaquia ha adoptado medidas en el marco de la Directiva 2001/89/CE del Consejo, de 23 de octubre de 2001, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la peste porcina clásica (2).
(4) El 14 de abril de 2008 se adoptó la Decisión 2008/303/CE de la Comisión, relativa a medidas provisionales de protección contra la peste porcina clásica en Eslovaquia (3), para reforzar las medidas tomadas por Eslovaquia para dar cumplimiento a la Directiva 2001/89/CE.
(5) La Decisión 2006/805/CE de la Comisión, de 24 de noviembre de 2006, sobre medidas de protección contra la peste porcina clásica en ciertos Estados miembros (4), se adoptó a raíz de los brotes de esa enfermedad en jabalíes que se produjeron en varios Estados miembros. Dichas medidas deben seguir aplicándose en Eslovaquia.
(6) La Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (5), establece las condiciones zoosanitarias y los requisitos de certificación para el comercio de cerdos vivos.
(7) La Directiva 90/429/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, por la que se fijan las normas de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones de esperma de animales de la especie porcina (6), establece las condiciones zoosanitarias y los requisitos de certificación para el comercio de esperma porcino.
(8) La Decisión 95/483/CE de la Comisión, de 9 de noviembre de 1995, por la que se establece el modelo de certificado para los intercambios intracomunitarios de óvulos y embriones de la especie porcina (7), establece las condiciones zoosanitarias y los requisitos de certificación para el comercio de óvulos y embriones porcinos.
(9) La Decisión 2002/106/CE de la Comisión, de 1 de febrero de 2002, por la que se aprueba un manual de diagnóstico en el que se establecen procedimientos de diagnóstico, métodos de muestreo y criterios de evaluación de las pruebas de laboratorio con fines de confirmación de la peste porcina clásica (8), prevé protocolos de vigilancia adaptados al riesgo.
_________________________
(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2002/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 315 de 19.11.2002, p. ... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
DEROGA CITA DECISIÓN 2008/303, de 14 de abril (Ref. 2008/80676).
CITA:
la DIRECTIVA 2001/89, de 23 de octubre (Ref. 2001/82612).
la DIRECTIVA 90/425, DE 26 DE JUNIO (Ref. 1990/81103).
REFERENCIAS POSTERIORES
SE DEROGA, por DECISIÓN 2008/553, de 30 de junio (Ref. 2008/81332).
SE SUSTITUYE el anexo, por DECISIÓN 2008/419, de 30 de mayo (Ref. 2008/81027).
CORRECCIÓN de errores en DOUE L 131, de 21 de mayo de 2008 (Ref. 2008/80887).
MATERIAS
CERTIFICADO SANITARIO
ENFERMEDAD ANIMAL
ESLOVAQUIA
EXPLOTACIONES AGRARIAS
GANADO PORCINO
INTERCAMBIOS INTRACOMUNITARIOS
SANIDAD VETERINARIA
TRANSPORTES
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