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Legislación »
Decisión
Numero de Referencia :
2008/81066
Fecha : 12/06/2008
Documentos Relacionados :
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Decisión del Comité Mixto del EEE nº 9/2008, de 1 de febrero de 2008, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 84/2006, de 7 de julio de 2006 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2003/43/CE de la Comisión, de 17 de enero de 2003, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción (2).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2003/593/CE de la Comisión, de 7 de agosto de 2003, por la que se modifica la Decisión 2003/43/CE por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción (3).
(4) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/190/CE de la Comisión, de 1 de marzo de 2006, por la que se modifica la Decisión 97/808/CE relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de los productos de construcción con arreglo al artículo 20, apartado 2, de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que concierne a los pavimentos (4).
(5) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/213/CE de la Comisión, de 6 de marzo de 2006, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los suelos de madera y los paneles y revestimientos murales de madera maciza (5).
(6) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/600/CE de la Comisión, de 4 de septiembre de 2006, por la que se establecen las clases de comportamiento ante un fuego exterior para determinados productos de construcción en lo relativo a los paneles sándwich para cubiertas con recubrimiento metálico por ambas caras (6).
(7) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/673/CE de la Comisión, de 5 de octubre de 2006, que modifica la Decisión 2003/43/CE, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción, en lo que respecta a las placas de yeso laminado (7).
(8) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/751/CE de la Comisión, de 27 de octubre de 2006, que modifica la Decisión 2000/147/CE por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción (8).
(9) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2007/348/CE de la Comisión, de 15 de mayo de 2007, que modifica la Decisión 2003/43/CE por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los tableros derivados de la madera (9).
___________
(1) DO L 289 de 19.10.2006, p. 17.
(2) DO L 13 de 18.1.2003, p. 35.
(3) DO L 201 de 8.8.2003, p. 25.
(4) DO L 66 de 8.3.2006, p. 47.
(5) DO L 79 de 16.3.2006, p. 27.
(6) DO L 244 de 7.9.2006, p. 24.
(7) DO L 276 de 7.10.2006, p. 77.
(8) ... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
MODIFICA el anexo II del ACUERDO EEE aprobado por DECISIÓN 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. 1994/80086).
NOTAS
Entrada en vigor el 2 de febrero de 2008, si se cumple lo indicado.
MATERIAS
ACUERDOS INTERNACIONALES
ESPACIO ECONOMICO EUROPEO
INCENDIOS
MATERIALES DE CONSTRUCCION
NORMAS DE CALIDAD
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