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Legislación »
Decisión
Numero de Referencia :
2008/81105
Fecha : 18/06/2008
Documentos Relacionados :
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Decisión de la Comisión, de 28 de abril de 2008, que modifica la Decisión 2002/253/CE, por la que se establecen las definiciones de los casos para comunicar las enfermedades transmisibles a la red comunitaria, de conformidad con la Decisión nº 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 1589].
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Decisión no 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 1998, por la que se crea una red de vigilancia epidemiológica y de control de las enfermedades transmisibles en la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 3, letra c),
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con el artículo 2 de la Decisión 2002/253/ CE de la Comisión (2), las definiciones de casos establecidas en el anexo de la misma se adaptarán, en la medida necesaria, basándose en los datos científicos más recientes.
(2) De conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CE) no 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (CEPCE) (3), el Centro presentó, a petición de la Comisión y de acuerdo con su foro asesor, un documento técnico sobre definiciones de casos, para ayudar a la Comisión a elaborar estrategias de actuación en el ámbito de la vigilancia y la respuesta. Este documento técnico también se ha publicado en el sitio web del CEPCE. Sobre la base de esta contribución, procede actualizar las definiciones de casos que aparecen en el anexo de la Decisión 2002/253/CE.
(3) Esas definiciones de casos tienen por objetivo facilitar la notificación de las enfermedades y los problemas sanitarios especiales enumerados en el anexo I de la Decisión 2000/ 96/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, relativa a las enfermedades transmisibles que deben quedar progresivamente comprendidas en la red comunitaria, en aplicación de la Decisión no 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (4). Sin embargo, la Decisión 2002/ 253/CE no establece la obligatoriedad de la notificación.
(4) Las medidas contempladas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por la Decisión no 2119/98/CE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2002/253/CE se sustituye por el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 28 de abril de 2008.
Por la Comisión
Androulla VASSILIOU
Miembro de la Comisión
_____________________
(1) DO L 268 de 3.10.1998, p. 1. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2007/875/CE de la Comisión (DO L 344 de 28.12.2007, p. 48).
(2) DO L 86 de 3.4.2002, p. 44. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2003/534/CE (DO L 184 de 23.7.2003, p. 35).
(3) DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.
(4) DO L 28 de 3.2.2000, p. 50. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2007/875/CE.
ANEXO
EXPLICACIÓN DE LAS SECCIONES EMPLEADAS PARA LA DEFINICIÓN Y LA CLASIFICACIÓN DE LOS CASOS
Criterios clínicos
Deben incluir signos y síntomas comunes y pertinentes de la enfermedad que, individualmente o juntos, configuren un cuadro clínico claro o indicativo de la enfermedad. Los criterios clínicos... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
SUSTITUYE el anexo de la DECISIÓN 2002/253, de 19 de marzo (Ref. 2002/80606).
MATERIAS
ENFERMEDADES
EPIDEMIAS
ZOONOSIS
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