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Legislación »
Decisión
Numero de Referencia :
2008/81311
Fecha : 03/07/2008
Documentos Relacionados :
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Decisión de la Comisión, de 8 de abril de 2008, que modifica la Decisión 2001/781/CE por la que se aprueba un manual de organismos receptores y un léxico de los documentos transmisibles o notificables, en cumplimiento del Reglamento (CE) nº 1348/2000 del Consejo, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil [notificada con el número C(2008) 1259].
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1348/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil [1], y, en especial, su artículo 17, letra a),
Previa consulta al Comité establecido en virtud del artículo 18 del Reglamento (CE) no 1348/2000,
Considerando lo siguiente:
(1) Para la aplicación del Reglamento (CE) no 1348/2000 era necesario elaborar y publicar un manual que contenga la información sobre los organismos receptores designados de conformidad con el artículo 2 de dicho Reglamento. El manual figura en el anexo I de la Decisión 2001/781/CE de la Comisión, de 25 de septiembre de 2001, por la que se aprueba un manual de organismos receptores y un léxico de los documentos transmisibles o notificables, en cumplimiento del Reglamento (CE) no 1348/2000 del Consejo, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil [2].
(2) Tras las modificaciones de la información comunicada a la Comisión de conformidad con el artículo 2, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1348/2000, es necesario modificar el manual.
(3) Por lo tanto, la Decisión 2001/781/CE debe modificarse en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo único
Se modifica el manual que contiene la información relativa a los organismos receptores del anexo I de la Decisión 2001/781/CE de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 8 de abril de 2008.
Por la Comisión
Jacques Barrot
Vicepresidente
[1] DO L 160 de 30.6.2000, p. 37.
[2] DO L 298 de 15.11.2001, p. 1. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2007/500/CE (DO L 185 de 17.7.2007, p. 24).
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ANEXO
Se añaden, en el manual que contiene la información relativa a los organismos receptores, las siguientes secciones, después de la sección relativa al Reino Unido:
"REPÚBLICA CHECA
I. Organismos receptores: Tribunales de distrito.
Los datos de contacto figuran en el manual de organismos receptores, accesible en el sitio Internet del Atlas Judicial Europeo en Asuntos Civiles:
http://ec.europa.eu/justice_home/judicialatlascivil/
II. Medios de recepción disponibles:
por el titular de una licencia postal,
fax,
correo electrónico.
III. El impreso puede cumplimentarse en checo, eslovaco, inglés o alemán.
DINAMARCA
I. El organismo receptor es el Ministerio de Justicia.
Justitsministeriet
Slotsholmsgade 10
1216 København K
Tel.: (45) 72 26 84 00
Fax: (45) 33 93 35 10
Dirección de correo electrónico: jm@jm.dk
El organismo receptor para todo el país es el Ministerio de Justicia.
II. Los documentos pueden enviarse por correo, fax o correo electrónico, siempre que el documento recibido reproduzca... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
MODIFICA el anexo I de la DECISION 2001/781, de 25 de septiembre (Ref. 2001/82460).
MATERIAS
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
COOPERACION JUDICIAL INTERNACIONAL
DOCUMENTOS
ENJUICIAMIENTO CIVIL
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