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Decisión
Numero de Referencia :
2007/81225
Fecha : 06/07/2007
Documentos Relacionados :
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«... informes de los auditores;
67. Constata que, por lo general, los grupos políticos no han utilizado la totalidad de los créditos puestos a su disposición;
68. Pide a la Comisión y al Consejo que en las negociaciones pendientes sobre la reforma del Reglamento financiero regulen de forma concluyente y general el tratamiento jurídico de los créditos con cargo al presupuesto del Parlamento puestos a disposición de los grupos políticos, como pidió el Parlamento en su posición del 15 de marzo de 2006 (1);
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(1) Textos Aprobados, P6_TA (2006)0085, enmienda 63.
Gastos y dietas de los diputados
69. Celebra que el mencionado Estatuto de los Diputados al Parlamento Europeo entre en vigor el primer día de la legislatura que comenzará en 2009, tras el acuerdo del Consejo de 19 de julio de 2005;
70. Señala que las disposiciones de la Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo (1) se adaptaron al Reglamento financiero en mayo de 2004;
71. Recuerda la Decisión de la Mesa, de 28 de mayo de 2003, según la cual «el procedimiento formal para la aprobación de estas nuevas disposiciones se iniciará únicamente cuando el Pleno haya adoptado el Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo y de conformidad con el calendario para la entrada en vigor de dicho Estatuto»; insta al Secretario General a que informe a la Comisión de Control Presupuestario de las medidas tomadas hasta ahora por la Mesa;
72. Pide a la Mesa que ejecute el proyecto previsto en el Estatuto de los Diputados aprobado por el Parlamento de crear para aquellos diputados que lo deseen un sistema por el que se les reembolsen únicamente los gastos de viaje en que hayan incurrido efectivamente;
Gastos de asistencia parlamentaria
73. Observa que el 13 de diciembre de 2004 la Mesa aprobó enmiendas a las normas relativas a los gastos de asistencia parlamentaria (2), que pretendían, entre otras cosas, garantizar una mayor coherencia entre la Reglamentación y los requisitos del Reglamento financiero;
74. Lamenta que, hasta julio de 2004, los contratos de prácticas y los contratos de prestación de servicios concluidos con autónomos, empresas o fundaciones se registraron en el sistema informático del Parlamento con el mismo código, sin tener en cuenta el tipo de contrato ni si el contrato se refería a un asistente o a una persona en prácticas;
75. Lamenta que no se haya transmitido información suficiente al Secretario General sobre los importes de los sueldos percibidos por el elevado porcentaje de asistentes contratados a través de prestadores de servicios; acoge con satisfacción la información recibida del Secretario General sobre los importes de los sueldos abonados a los asistentes directamente contratados por diputados o sobre los abonados por medio de un agente pagador;
76. Deplora que, a 20 de febrero de 2006, el 87,2 % de los diputados no hubiera facilitado al Parlamento las declaraciones de gasto relativas a sus dietas de asistencia ... »
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