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Legislación »
Decisión
Numero de Referencia :
2008/81335
Fecha : 08/07/2008
Documentos Relacionados :
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Decisión de la Comisión, de 26 de junio de 2008, relativa a determinadas medidas protección contra la gripe aviar altamente patógena del subtipo H5N1 en Croacia y Suiza [notificada con el número C(2008) 3020].
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE [1], y, en particular, su artículo 8, apartados 1 y 6,
Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países [2], y, en particular, su artículo 2, apartados 1 y 5,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2006/696/CE de la Comisión, de 28 de agosto de 2006, por la que se establece una lista de terceros países desde los cuales pueden importarse a la Comunidad, o transitar por ella, aves de corral, huevos para incubar, pollitos de un día, carne de aves de corral, estrucioniformes y aves silvestres de caza, huevos, ovoproductos y huevos sin gérmenes patógenos específicos, así como las condiciones aplicables a los certificados zoosanitarios y por la que se modifican las Decisiones 93/342/CEE, 2000/585/CE y 2003/812/CE [3], establece los requisitos de certificación veterinaria para la importación a la Comunidad, y el tránsito ella, de aves de corral y algunos de sus productos. En aras de la claridad y coherencia de las normas comunitarias, conviene tener en cuenta, a efectos de la presente Decisión, las definiciones de aves de corral y huevos para incubar establecidas en dicha Decisión.
(2) El Reglamento (CE) no 318/2007 de la Comisión, de 23 de marzo de 2007, por el que se establecen condiciones zoosanitarias para la importación de determinadas aves en la Comunidad y las correspondientes condiciones de cuarentena [4], establece las condiciones zoosanitarias para las importaciones en la Comunidad de determinadas aves procedentes de terceros países y partes de los mismos. En aras de la claridad y coherencia de las normas comunitarias, conviene tener en cuenta, a efectos de la presente Decisión, la definición de aves establecida en dicho Reglamento.
(3) La Decisión 2006/265/CE de la Comisión, de 31 de marzo de 2006, relativa a determinadas medidas de protección en relación con una sospecha de presencia de gripe aviar altamente patógena en Suiza [5], y la Decisión 2006/533/CE de la Comisión, de 28 de julio de 2006, relativa a determinadas medidas temporales de protección contra la gripe aviar altamente patógena en Croacia [6], se adoptaron a raíz de los resultados positivos de gripe aviar altamente patógena del subtipo H5N1 en aves silvestres de esos dos terceros países. Dichas Decisiones establecen que los Estados miembros deben suspender las importaciones, procedentes de determinadas partes de Croacia y Suiza, de aves de corral, estrucioniformes y aves ... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
CITA:
DECISIÓN 2006/533, de 28 de julio (Ref. 2006/81508).
DECISIÓN 2006/265, de 31 de marzo (Ref. 2006/80607).
NOTAS
Efectos hasta el 30 de junio de 2009.
MATERIAS
AVES
AVES DE CORRAL
CARNES
CROACIA
ENFERMEDAD ANIMAL
HUEVOS
IMPORTACIONES
PRODUCTOS ANIMALES
PRODUCTOS AVICOLAS
SANIDAD VETERINARIA
SUIZA
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