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Decisión
Numero de Referencia :
2008/81427
Fecha : 18/07/2008
Documentos Relacionados :
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Decisión de la Comisión, de 3 de julio de 2008, que modifica la Decisión 2000/572/CE, por la que se establecen las condiciones zoosanitarias y de salud pública, así como la certificación veterinaria, aplicables a las importaciones a la Comunidad de preparados de carne procedentes de terceros países [notificada con el número C(2008) 3301].
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 2002/99/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, por la que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano [1], y, en particular, su artículo 8, apartados 1 y 4, y su artículo 9, apartado 2, letra b), y apartado 4, letras b) y c),
Visto el Reglamento (CE) no 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios [2], y, en particular, su artículo 12,
Visto el Reglamento (CE) no 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal [3], y, en particular, su artículo 9,
Visto el Reglamento (CE) no 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano [4], y, en particular, su artículo 16,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2000/572/CE de la Comisión [5] establece las condiciones zoosanitarias y de salud pública, así como la certificación veterinaria, aplicables a las importaciones en la Comunidad de preparados de carne procedentes de terceros países.
(2) A raíz de la entrada en vigor de los Reglamentos (CE) no 852/2004, (CE) no 853/2004 y (CE) no 854/2004 y del Reglamento (CE) no 2075/2005 de la Comisión, de 5 de diciembre de 2005, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne [6], es necesario modificar y actualizar las condiciones sanitarias y los requisitos de certificación comunitarios para las importaciones en la Comunidad de preparados de carne, a fin de introducir las referencias correctas a la nueva legislación.
(3) El sistema informático veterinario integrado Traces (Trade Control and Expert System) fue introducido mediante la Decisión 2004/292/CE de la Comisión, de 30 de marzo de 2004, relativa a la aplicación del sistema Traces y por la que se modifica la Decisión 92/486/CEE [7]. La normalización de los certificados sanitarios es esencial para el tratamiento informático de los certificados en el sistema Traces.
(4) La Decisión 2007/240/CE de la Comisión, de 16 de abril de 2007, por la que se establecen nuevos certificados veterinarios para la introducción en la Comunidad de animales vivos, esperma, embriones, óvulos y productos de origen animal en el marco de las Decisiones 79/542/CEE, 92/260/CEE, 93/195/CEE, 93/196/CEE, 93/197/CEE, 95/328/CE, 96/333/CE, 96/539/CE, 96/540/CE, 2000/572/CE, 2000/585/CE, 2000/666/CE, 2002/613/CE, 2003/56/CE, 2003/779/CE, 2003/804/CE, 2003/858/CE, 2003/863/CE, 2003/881/CE, 2004/407/CE, 2004/438/CE, 2004/595/CE, 2004/639/CE y 2006/168/CE [8], dispone que los ... »
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