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Decisión
Numero de Referencia :
2007/81417
Fecha : 03/08/2007
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II (Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria) DECISIONES CONSEJO DECISIÓN DEL CONSEJO de 22 de marzo de 2007 relativa a la firma y la aplicación provisional de un Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, relativo a la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía al ACC (2007/546/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 44, apartado 2, 47, apartado 2, última frase, 55, 57, apartado 2, 71, 80, apartado 2, 93, 94, 133 y 181 bis, en relación con su artículo 300, apartado 2, primer párrafo, segunda frase, y apartado 3, párrafo primero, Visto el Tratado de adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía y, en particular, su artículo 4, apartado 3, Vista el Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía y, en particular, su artículo 6, apartado 2, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente: (1) El 23 de octubre de 2006, el Consejo autorizó a la Comisión, en nombre de la Comunidad y sus Estados miembros, a negociar con la República de Moldova un Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros y la República de Moldova (1), para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea.
(2) A reserva de su celebración en una fecha posterior, el Protocolo rubricado el 22 de febrero de 2007 debe firmarse en nombre de las Comunidades Europeas y sus Estados miembros.
(3) El Protocolo debe aplicarse de forma provisional a partir del 1 de enero de 2007, a la espera de que culminen los procedimientos pertinentes para su celebración oficial.
DECIDE: Artículo 1 El Presidente del Consejo queda autorizado para designar a la(s) persona(s) facultada(s) para firmar, en nombre de las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, el Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea, a reserva de su posible celebración en una fecha posterior.
El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.
ES3.8.2007 Diario Oficial de la Unión Europea L 202/19 (1) DO L 181 de 24.6.1998, p. 3.
Artículo 2 A la espera de su entrada en vigor, el Protocolo se aplicará de forma provisional a partir de 1 de enero de 2007.
Hecho en Bruselas, el 22 de marzo de 2007.
Por el Consejo El Presidente W. TIEFENSEE ESL 202/20 Diario Oficial de la Unión Europea 3.8.2007 PROTOCOLO del Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, relativo a la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía al ACC EL REINO DE BÉLGICA, LA REPÚBLICA DE BULGARIA,... »
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