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Legislación »
Decreto
Numero de Referencia :
2004/00746
Fecha : 14/01/2004
Documentos Relacionados :
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DECRETO 214/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid.
De conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Claustro de la Universidad Autónoma de Madrid ha elaborado los Estatutos de la Universidad y los ha remitido para su aprobación por el Consejo de Gobierno, de acuerdo con la competencia que le confiere el apartado segundo del citado artículo.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de octubre de 2003, dispongo:
Primero.-Aprobar los Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid, cuyo texto se contiene en el Anexo que acompaña al presente Decreto.
Segundo.-Los Estatutos entrarán en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Madrid, 16 de octubre de 2003.-El Presidente, Alberto Ruiz-Gallardón.-El Consejero de Educación, Carlos Mayor Oreja.
(Publicado en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" número 258, de 29 de octubre de 2003)
ANEXO
Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Naturaleza de la Universidad Autónoma de Madrid (U.A.M.).
1. La Universidad Autónoma de Madrid es una entidad de Derecho Público a la que corresponde, en el ámbito de sus competencias, el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio. Está dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio y hace de la autonomía seña fundamental de su identidad. Se define por su voluntad de innovación e implicación social, en coordinación y colaboración con otras universidades e instituciones.
2. La Universidad Autónoma de Madrid, en cuanto Administración Pública, tiene atribuidos los privilegios y potestades propios de ésta, con las excepciones que las leyes establezcan.
Artículo 2. Funciones.
Son funciones de la Universidad Autónoma de Madrid al servicio de la sociedad:
a) La creación, el desarrollo, la transmisión y la crítica de la ciencia, de la técnica, de la cultura y del arte, siempre orientadas hacia la libertad, el desarrollo sostenible, la justicia, la paz y la amistad entre los pueblos.
b) La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos, así como la actividad creadora en todos sus campos.
c) El apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico en todos sus ámbitos, tanto nacionales como internacionales.
d) La difusión del conocimiento y de la cultura a través de la extensión universitaria y la formación permanente.
e) El desarrollo de un modelo de educación multidisciplinar y éticamente orientada hacia la búsqueda de soluciones para los problemas relacionados con el medio ambiente, a través de la promoción de conocimientos, valores, actitudes, habilidades y patrones de comportamiento comprometidos con el desarrollo sostenible.
Artículo 3. Principios rectores.
1. La Universidad Autónoma de Madrid es gobernada y gestionada por la propia comunidad universitaria, integrada por personal... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
DEROGA los estatutos aprobados por REAL DECRETO 1085/1989, de 1 de septiembre (Ref. 1989/21907).
DE CONFORMIDAD con el art. 6 de la LEY ORGÁNICA 6/2001, de 21 de diciembre (Ref. 2001/24515).
NOTAS
Entrada en vigor 30 de octubre de 2003.
Publicado en el BOCAM núm. 258, de 29 de octubre de 2003.
MATERIAS
MADRID
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MADRID
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