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Legislación »
Decreto
Numero de Referencia :
2005/04679
Fecha : 22/03/2005
Documentos Relacionados :
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DECRETO 208/2004, de 8 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández de Elche.
El Claustro de la Universidad Miguel Hernández de Elche, en fecha 23 de julio de 2003, aprobó la propuesta de Estatutos de la Universidad. El Rector de la Universidad presentó la propuesta de Estatutos para su aprobación al amparo de lo establecido en la disposición transitoria segunda y en el artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
La solicitud ha sido tramitada de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, habiéndose efectuado el previo control de legalidad. Por Acuerdo del Consell de la Generalitat de fecha 27 de febrero de 2004 se formularon diversos reparos de legalidad a la propuesta.
El Claustro de la Universidad Miguel Hernández de Elche, en sesión de fecha 11 de junio de 2004, a la vista de los reparos de legalidad formulados, ha aprobado una nueva propuesta de Estatutos.
Por todo ello, a propuesta del conseller de Empresa, Universidad y Ciencia, oído el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 8 de octubre de 2004, decreto:
Artículo único.
Aprobar los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández de Elche, de acuerdo con el texto contenido en el anexo a este decreto.
Disposición final.
Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 8 de octubre de 2004.-El Presidente, Francisco Camps Ortiz.-El Consejero de Empresa, Universidad y Ciencia, Justo Nieto Nieto.
(Publicado en el «DOGV» número 4861, de 13 de octubre de 2004)
ANEXO
Estatuto de la Universidad Miguel Hernández de Elche
TÍTULO PRELIMINAR
La Universidad Miguel Hernández de Elche
CAPÍTULO PRIMERO
Naturaleza y objetivos
Artículo 1. Naturaleza.
La Universidad Miguel Hernández de Elche, en adelante UMH, es una institución de derecho público que goza de personalidad jurídica y patrimonio propios y tiene consideración de Administración vinculada a la Comunidad Valenciana, en cuyo ámbito desarrolla sus funciones y competencias que expresamente le atribuye el ordenamiento jurídico, y goza de los derechos que de él se derivan, particularmente los propios de su autonomía en la prestación del servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio. Por ello:
a) Sus profesores ejercen la libertad de cátedra a través de la expresión libre en su actividad docente, en todo aquello que se relaciona con la ciencia, la técnica, la cultura y el arte, dentro de los planes de estudio de sus disciplinas, sin más límites que los establecidos en la Constitución y en las leyes y los derivados de la organización de las enseñanzas en la Universidad.
b) Sus investigadores ejercen con absoluta libertad la elección de sus metas y la difusión de los resultados obtenidos, con el respeto al ordenamiento jurídico que les sea de aplicación.
c) Sus estudiantes ejercen la libertad de estudio según... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
DEJA SIN EFECTO:
Normativa aprobada por DECRETO autonómico 137/1997, de 1 de abril (DOGV del 4).
Reglamento Marco autonómico de departamentos (DOGV de 18 de agosto de 1997).
Reglamento Marco autonómico de Facultades y Escuelas Técnicas (DOGV de 18 de agosto de 1997).
Normativa autonómica de 2 de junio de 1998.
Normativa autonómica de 12 de marzo de 1998.
Normativa autonómica de 12 de febrero de 1998.
DE CONFORMIDAD con:
Art. 24 del DECRETO autonómico 129/2002, de 30 de julio (DOGV de 2 de agosto).
Art. 6.2 de la LEY ORGÁNICA 6/2001, de 21 de diciembre (Ref. 2001/24515).
NOTAS
Entrada en vigor el 13 de octubre de 2004.
Publicada en el DOGV núm. 4861, de 13 de octubre de 2004.
MATERIAS
COMUNIDAD VALENCIANA
UNIVERSIDAD MIGUEL HERNANDEZ
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