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Legislación »
Directiva
Numero de Referencia :
2008/81911
Fecha : 30/09/2008
Documentos Relacionados :
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«...Los órganos de llenado y vaciado (incluyendo las bridas o los tapones roscados) y las tapas de protección que puedan existir, se asegurarán contra cualquier apertura intempestiva.
Contenido del Derecho interno: los depósitos utilizados para la distribución y aplicación de amoníaco anhidro para usos agrícolas, puestos en servicio antes del 1 de enero de 1992, podrán estar equipados con dispositivos de seguridad externos en lugar de internos, si dichos dispositivos están provistos de una protección equivalente, al menos, a la que proporciona la pared del depósito.
Referencia inicial al Derecho interno: Real Decreto 551/2006. Anexo 1. Apartado 3.
Observaciones: antes del 1 de enero de 1992 se utilizaba, exclusivamente en agricultura, un tipo de depósito equipado con dispositivos de seguridad externos para aplicación de amoníaco anhidro directamente en la tierra. Algunas cisternas de este tipo siguen utilizándose en la actualidad. Raramente se conducen, cargan o desplazan en carretera, sino que se usan solamente para abonar grandes explotaciones agrícolas.
Fecha de expiración: 30 de junio de 2015.
FI Finlandia
RObiFI1
Asunto: modificación de la información que figura en la carta de porte correspondiente a las sustancias explosivas.
Referencia al anexo I, sección I.1, de la presente Directiva: 5.4.1.2.1 a).
Contenido del anexo de la Directiva: disposiciones particulares para la clase 1.
Contenido del Derecho interno: se permite hacer constar en la carta de porte el número de detonadores (1 000 detonadores corresponden a un kilogramo de explosivos), en lugar de la masa neta efectiva de sustancias explosivas.
Referencia inicial al Derecho interno: Liikenneja viestintäministeriön asetus vaarallisten aineiden kuljetuksesta tiellä (277/2002; 313/2003).
Observaciones: la información se considera suficiente para el transporte nacional. Esta excepción se utiliza principalmente para el transporte local de pequeñas cantidades de explosivos en el sector de las voladuras.
Excepción registrada por la Comisión Europea con el no 31.
Fecha de expiración: 30 de junio de 2015.
FR Francia
RObiFR1
Asunto: utilización del documento marítimo como carta de porte para trayectos cortos efectuados tras la descarga del buque.
Referencia al anexo I, sección I.1, de la presente Directiva: 5.4.1.
Contenido del anexo de la Directiva: información que ha de consignarse en el documento utilizado como carta de porte de mercancías peligrosas.
Contenido del Derecho interno: el documento marítimo se utiliza como carta de porte en un radio de 15 kilometros.
Referencia inicial al Derecho interno: Arrêté du 1er juin 2001 relatif au transport de marchandises dangereuses par route — Article 23-4.
Fecha de expiración: 30 de junio de 2015.
RObiFR-2
Asunto: transporte común de objetos de la clase 1 y materias peligrosas de otras clases (91).
Referencia al anexo I, sección I.1., de la presente Directiva: 7.5.2.1.
Contenido del ... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
DEROGA:
DECISIÓN 2005/263, de 4 de marzo (Ref. 2005/80612).
DECISIÓN 2005/180, de 4 de marzo (Ref. 2005/80435).
DIRECTIVA 2000/18, de 17 de abril (Ref. 2000/80809).
DIRECTIVA 96/49, de 23 de julio (Ref. 1996/81521).
DIRECTIVA 96/35, de 3 de junio (Ref. 1996/80885).
DIRECTIVA 94/55, de 21 de noviembre (Ref. 1994/81857).
SUPRIME el art. 6 de la DIRECTIVA 2006/87, de 12 de diciembre (Ref. 2006/82831).
NOTAS
Cumplimiento a más tardar el 30 de junio de 2009.
Efectos de la derogación desde el 30 de junio de 2009.
MATERIAS
CERTIFICACIONES
FERROCARRILES
MERCANCIAS PELIGROSAS
NAVEGACION FLUVIAL
REGLAMENTACIONES TECNICAS
TRANSPORTES POR CARRETERA
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