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Legislación »
Directiva
Numero de Referencia :
2008/81911
Fecha : 30/09/2008
Documentos Relacionados :
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«... 2 o con gases no inflamables y no tóxicos de la categoría de transporte 3, o cualquier combinación de ellas en el mismo vehículo, siempre que la masa o el volumen total de mercancías peligrosas no sobrepase los 200 kg o l y la masa neta total de explosivos no supere los 20 kg.
4. Los objetos explosivos a los que se han asignado los números ONU 0106, 0107 o 0257 pueden transportarse con objetos explosivos de los grupos de compatibilidad D, E o F de los que sean componentes. La cantidad total de explosivos de los nos ONU 0106, 0107 o 0257 no sobrepasará los 20 kg.
Fecha de expiración: 30 de junio de 2015.
RAaUK3
Asunto: autorizar distintas «cantidades máximas totales por unidad de transporte» para las mercancías de la clase 1 incluidas en las categorías 1 y 2 del cuadro que figura en 1.1.3.1.
Referencia al anexo II, sección II.1, de la presente Directiva: 1.1.3.1.
Contenido del anexo de la Directiva: exenciones relacionadas con la naturaleza de la operación de transporte.
Contenido del Derecho interno: se establecen normas relativas a exenciones respecto de cantidades limitadas y cargas en común de explosivos.
Referencia inicial al Derecho interno: The Carriage of Dangerous Goods and Use of Transportable Pressure Equipment Regulations 2004: Regulation 3 (7) (b).
Observaciones: autorizar distintos límites para pequeñas cantidades y factores de multiplicación para cargas en común con respecto a las mercancías de la clase 1, a saber: 50 para la categoría 1 y 500 para la categoría 2. A los efectos del cálculo de las cargas en común, los factores de multiplicación serán de 20 para la categoría de transporte 1 y de 2 para la categoría de transporte 2.
Fecha de expiración: 30 de junio de 2015.
RAaUK4
Asunto: adopción de RAaFR6.
Referencia al anexo II, sección II.1, de la presente Directiva: 5.3.1.3.2.
Contenido del anexo de la Directiva: flexibilización del requisito de rotulación de vagones portadores en tráfico de plataformas.
Contenido del Derecho interno: el requisito de rotulación no se aplica cuando el vehículo lleva placas-etiquetas claramente visibles.
Referencia inicial al Derecho interno: The Carriage of Dangerous Goods and Use of Transportable Pressure Equipment Regulations 2004: Regulation 7 (12).
Observaciones: esto ha sido siempre una disposición nacional en el Reino Unido.
Fecha de expiración: 30 de junio de 2015.
Basado en el artículo 6, apartado 2, letra b), inciso 1, de la presente Directiva
DE Alemania
RAbiDE1
Asunto: transporte de materias peligrosas de clase y 9 PCB a granel.
Referencia al anexo II, sección II.1, de la presente Directiva: 7.3.1.
Contenido del anexo de la Directiva: transporte a granel.
Contenido del Derecho interno: autorización para el transporte a granel en cajas o recipientes móviles sellados, impermeables a los fluidos y el polvo.
Referencia inicial al Derecho interno: Gefahrgut-Ausnahmeverordnung-GGAV 2002 vom 6.11.2002 (BGBl. I S. 4350);... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
DEROGA:
DECISIÓN 2005/263, de 4 de marzo (Ref. 2005/80612).
DECISIÓN 2005/180, de 4 de marzo (Ref. 2005/80435).
DIRECTIVA 2000/18, de 17 de abril (Ref. 2000/80809).
DIRECTIVA 96/49, de 23 de julio (Ref. 1996/81521).
DIRECTIVA 96/35, de 3 de junio (Ref. 1996/80885).
DIRECTIVA 94/55, de 21 de noviembre (Ref. 1994/81857).
SUPRIME el art. 6 de la DIRECTIVA 2006/87, de 12 de diciembre (Ref. 2006/82831).
NOTAS
Cumplimiento a más tardar el 30 de junio de 2009.
Efectos de la derogación desde el 30 de junio de 2009.
MATERIAS
CERTIFICACIONES
FERROCARRILES
MERCANCIAS PELIGROSAS
NAVEGACION FLUVIAL
REGLAMENTACIONES TECNICAS
TRANSPORTES POR CARRETERA
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