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Legislación »
Directiva
Numero de Referencia :
2008/82348
Fecha : 29/11/2008
Documentos Relacionados :
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Directiva 2008/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias.
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 71, apartado 1, letra c),
Vista la propuesta de la Comisión,
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),
Previa consulta al Comité de las Regiones,
De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),
Considerando lo siguiente:
(1) La red transeuropea de carreteras definida en la Decisión no 1692/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 1996, sobre las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte (3), reviste una importancia fundamental a la hora de apoyar la integración y la cohesión europea y de garantizar un elevado nivel de bienestar. En particular, resulta oportuno garantizar un elevado nivel de seguridad.
(2) En su Libro Blanco de 12 de septiembre de 2001 «La Política Europea de Transportes de cara a 2010: la hora de la verdad», la Comisión puso de manifiesto la necesidad de llevar a cabo evaluaciones de impacto y auditorías de seguridad vial a fin de proceder a la identificación y tratamiento de los tramos de carretera con alta concentración de accidentes dentro de la Comunidad. Asimismo, fijó el objetivo de reducir a la mitad el número de víctimas mortales en las carreteras de la Unión Europea entre 2001 y 2010.
(3) En su comunicación de 2 de junio de 2003 «Programa de acción europeo de seguridad vial — reducir a la mitad el número de víctimas de accidentes de tráfico en la Unión Europea de aquí a 2010: una responsabilidad compartida », la Comisión identificó las infraestructuras viarias como un tercer pilar de la política de seguridad vial, que debía contribuir de forma significativa al logro del objetivo de reducción de los accidentes fijado por la Comunidad.
(4) Durante los últimos años se han producido grandes avances en el diseño de vehículos (medidas de seguridad, así como el desarrollo y la aplicación de nuevas tecnologías) que han contribuido a reducir el número de víctimas de los accidentes en carretera. Si se quiere alcanzar el objetivo fijado para 2010, es necesario también actuar en otros ámbitos. La gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias ofrece un amplio margen de mejora que es necesario aprovechar.
(5) El establecimiento de procedimientos adecuados supone una herramienta esencial para mejorar la seguridad de las infraestructuras viarias dentro de la red transeuropea de carreteras. Es preciso que las evaluaciones de impacto de la seguridad viaria muestren cuáles son, a nivel estratégico, las implicaciones de las diferentes alternativas de planificación de un proyecto de infraestructura, y desempeñen un papel importante a la hora de seleccionar trazados. Los resultados de las evaluaciones de impacto de la seguridad viaria pueden integrarse en diversos documentos.
Por otro lado, las auditorías de impacto de la seguridad deben determinar, de forma pormenorizada,... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
CITA DECISIÓN 1999/468, de 28 de junio (Ref. 1999/81431).
NOTAS
Cumplimiento a más tardar el 19 de diciembre de 2010.
MATERIAS
Accidentes
Autopistas
Carreteras
Seguridad vial
Transportes por carretera
Unión Europea
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