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Enmienda
Numero de Referencia :
2008/08723
Fecha : 19/05/2008
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ENMIENDAS al Protocolo para la protección del mar Mediterráneo contra la contaminación de origen terrestre, adoptadas en Siracusa el 7 de marzo de 1996.
ENMIENDAS AL PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN DEL MAR MEDITERRÁNEO CONTRA LA CONTAMINACIÓN DE ORIGEN TERRESTRE
A. TÍTULO
El título del Protocolo se modifica para que diga lo siguiente:
PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN DEL MAR MEDITERRÁNEO CONTRA LA CONTAMINACIÓN CAUSADA POR FUENTES Y ACTIVIDADES SITUADAS EN TIERRA
B. PÁRRAFOS DEL PREÁMBULO
El párrafo primero del preámbulo del Protocolo se modifica como sigue:
Siendo Partes en el Convenio para la protección del mar Mediterráneo contra la contaminación, adoptado en Barcelona el 16 de febrero de 1976 y enmendado el 10 de junio de 1995,
El párrafo tercero del preámbulo del Protocolo se modifica como sigue:
Observando la intensificación de las presiones sobre el medio ambiente resultantes de las actividades humanas en la zona del mar Mediterráneo, particularmente en los sectores de la industrialización y la urbanización, así como el aumento estacional de la población costera debido al turismo,
El párrafo cuarto del preámbulo del Protocolo se modifica como sigue:
Reconociendo el peligro que la contaminación causada por fuentes y actividades situadas en tierra supone para el medio marino, los recursos vivos y la salud humana, así como los graves problemas que esto ocasiona en gran parte de las aguas costeras y los estuarios del mar Mediterráneo, debido fundamentalmente a la descarga de residuos domésticos o industriales no tratados o insuficientemente tratados o evacuados de forma inadecuada, y a los aportes de sustancias tóxicas, persistentes y bioacumulativas,
Se insertará el nuevo párrafo siguiente como párrafo quinto del preámbulo:
Teniendo en cuenta el principio de cautela y el principio de quien contamina paga, y aplicando las evaluaciones del impacto ambiental, las mejores técnicas disponibles y la mejor práctica medioambiental con inclusión de tecnologías de producción limpias, de conformidad con el artículo 4 del Convenio,
El párrafo sexto del preámbulo del Protocolo se modifica como sigue:
Decididas a tomar, en estrecha colaboración, las medidas necesarias para proteger el mar Mediterráneo contra la contaminación causada por fuentes y actividades situadas en tierra,
Añádese el párrafo siguiente como párrafo séptimo del preámbulo:
Teniendo presente el Programa de Acción Mundial para la Protección del Medio Marino frente a las Actividades realizadas en Tierra, adoptado en Washington, D.C., el 3 de noviembre de 1995,
C. ARTÍCULO 1
Se inserta el título que se indica a continuación y se modifica el texto como sigue:
DISPOSICIÓN GENERAL
Las Partes Contratantes en el presente Protocolo (denominadas en adelante «las Partes») tomarán todas las medidas apropiadas para prevenir, reducir, combatir y eliminar en la medida de lo posible la contaminación de la zona del mar Mediterráneo causada por las descargas de ríos, establecimientos costeros o emisarios procedentes de otras fuentes y actividades situadas dentro de sus territorios, dándose prioridad a la eliminación gradual de los aportes de... »
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