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Legislación »
Instrumento De Ratificación
Numero de Referencia :
2007/02890
Fecha : 12/02/2007
Documentos Relacionados :

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INSTRUMENTO de ratificación de la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, hecho en París el 20 de octubre de 2005.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
Por cuanto el día 20 de octubre de 2005, el Plenipontenciario de España nombrado en buena y debida forma al efecto, firmó en París la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, hecho en el mismo lugar y fecha,
Visto y examinados el preámbulo, los treinta y cinco artículos y el anexo de la Convención,
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,
Vengo en aprobar y ratificar cuanto en la misma se dispone, como en virtud del presente la apruebo y ratifico, prometiendo cumplirla, observarla y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando expedir este Instrumento de ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Dado en Madrid, a 25 de octubre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Asuntos Exteriores,
MIGUEL ÁNGEL MORATINOS CUYAUBÉ
CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES
La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 33.ª reunión, celebrada en París del 3 al 21 de octubre de 2005,
Afirmando que la diversidad cultural es una característica esencial de la humanidad,
Consciente de que la diversidad cultural constituye un patrimonio común de la humanidad que debe valorarse y preservarse en provecho de todos,
Consciente de que la diversidad cultural crea un mundo rico y variado que acrecienta la gama de posibilidades y nutre las capacidades y los valores humanos, y constituye, por lo tanto, uno de los principales motores del desarrollo sostenible de las comunidades, los pueblos y las naciones,
Recordando que la diversidad cultural, tal y como prospera en un marco de democracia, tolerancia, justicia social y respeto mutuo entre los pueblos y las culturas, es indispensable para la paz y la seguridad en el plano local, nacional e internacional,
Encomiando la importancia de la diversidad cultural para la plena realización de los derechos humanos y libertades fundamentales proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos universalmente reconocidos,
Destacando la necesidad de incorporar la cultura como elemento estratégico a las políticas de desarrollo nacionales e internacionales, así como a la cooperación internacional para el desarrollo, teniendo en cuenta asimismo la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas (2000), con su especial hincapié en la erradicación de la pobreza,
Considerando que la cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y el espacio y que esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades y en las expresiones culturales de los pueblos y sociedades que forman la humanidad,
Reconociendo la importancia de los conocimientos tradicionales como fuente de... »
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NOTAS
Contiene CONVENCIÓN de 20 de octubre de 2005, adjunta al mismo.
Entrada en vigor el 18 de marzo de 2007.
Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 29 de enero de 2007.
MATERIAS
ACUERDOS INTERNACIONALES
COOPERACION CULTURAL
COOPERACION EDUCATIVA
COOPERACION INTERNACIONAL
ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA
PAISES EN VIAS DE DESARROLLO
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