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SENTENCIA
Numero de Referencia :
100/1999
Fecha : 31/05/1999
Publicación Boe :
19990629 [«boe» Núm. 154]
Ponente :
Don Julio Diego González Campos
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Viver, De Mendizábal, González, Vives, Conde Y
Jiménez.
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«... González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3.007/96, promovido por don José Luis Ruiz Sainz, representado por el Procurador de los Tribunales don José Antonio Laguna García y asistido de Letrado, contra la Sentencia de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 12 de julio de 1996, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 489/93. Ha sido parte el Abogado del Estado y ha intervenido el Ministerio Fiscal.
Ha sido Ponente el Magistrado don Carles Viver Pi-Sunyer, quien expresa el parecer de la Sala.
I. Antecedentes 1. Por escrito presentado en el Juzgado de Guardia el 22 de julio de 1996, don José Antonio Laguna García, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don José Luis Ruiz Sainz, interpuso recurso de amparo contra la Sentencia a la que se hace referencia en el encabezamiento.
2. Los hechos en los que se fundamenta la demanda son, sucintamente expuestos, los siguientes: a) Por Real Decreto 52/1993, de 15 de enero, se promovió al empleo de General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar al Coronel Auditor don Miguel Cáceres Calvillo. A juicio del ahora recurrente, esta resolución es contraria a Derecho, pues considera que él tenía mayor antigüedad y se encontraba mejor clasificado que quien obtuvo el ascenso. En su opinión, la circunstancia que determinó que no fuera promovido al empleo de General fue el encontrarse en situación de excedencia voluntaria; circunstancia que, en su opinión, no puede conllevar este efecto, ya que el art. 39 del Real Decreto 1.385/1990 establece que la situación de excedencia voluntaria durante los dos primeros años no impedirá el ascenso. Por todo ello, el demandante en amparo recurrió el Real Decreto por el que se asciende al empleo de General Auditor a don Miguel Cáceres Calvillo, primero en reposición y posteriormente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
b) La Sala de lo Contencioso-Administrativo entregó al actor el expediente administrativo con el fin de que pudiera formalizar la demanda. El recurrente puso de manifiesto ante el órgano judicial que el expediente remitido no estaba completo, por lo que la Sala, por providencia de 10 diciembre de 1993, requirió a la Administración para que lo completara. Por escrito de 10 de marzo de 1994, el Ministerio de Defensa alegó que no procedía remitir la documentación solicitada por la parte actora como ampliación del expediente, al tener dicha documentación el carácter de clasificada de acuerdo con las previsiones de la Ley 9/1968, de 5 de abril, de Secretos Oficiales, modificada por la Ley 48/1978, de 7 de octubre; del Decreto 242/1969 que la desarrolla y del Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986.
c) Por diligencia de ordenación, la Sala de lo Contencioso-Administrativo otorgó al recurrente un plazo ... »
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