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SENTENCIA
Numero de Referencia :
102/2008
Fecha : 28/07/2008
Publicación Boe :
20080819
Numero de Registro :
7610-2005/
Ponente :
Don Jorge Rodríguez-zapata Pérez
Sala :
Sala Primera.
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Extracto: Promovido por don Juan José Dionisio Rodríguez respecto a la Sentencia y el Auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y de la Audiencia Provincial de Huelva que le condenó por un delito contra la salud pública. Vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condena penal fundada en declaraciones de un coimputado no corroboradas.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 7610-2005, promovido por don Juan José Dionisio Rodríguez, representado por el Procurador de los Tribunales don Alfonso de Murga y Florido y asistido por el Abogado don Javier Castizo Pichardo, contra el Auto de 15 de septiembre de 2005, de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que inadmite el recurso de casación contra la Sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva de 31 de enero de 2005. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 28 de octubre de 2005, don Alfonso de Murga y Florido, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don Juan José Dionisio Rodríguez, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales a las que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. Los hechos en los que se fundamenta la sentencia de amparo son los que siguen: a) En el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Huelva se incoaron diligencias previas núm. 4128-2003, transformadas luego en el procedimiento abreviado núm. 24-2004 contra el ahora demandante en amparo y otro, por un presunto delito contra la salud pública.
b) Su enjuiciamiento correspondió a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva que dictó Sentencia el 31 de enero de 2005, en la que se condenó al recurrente y otra persona como autores criminalmente responsables de un delito contra la salud pública, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad penal en el recurrente y la circunstancia atenuante muy cualificada de confesión en el otro condenado, a las penas, respectivamente, de tres años de prisión y multa de 2.000 euros con treinta días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y de dos años de prisión y multa de 2.
000 euros con treinta días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y en ambos casos la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al abono de las costas procesales.
Según el relato de hechos probados de la Sentencia el día 31 de agosto de 2003, el demandante se encontraba en una ... »
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