Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
104/1999
Fecha : 14/06/1999
Publicación Boe :
19990708 [«boe» Núm. 162]
Ponente :
Don Rafael De Mendizábal Allende
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Viver, De Mendizábal, González, Vives, Conde Y
Jiménez.
Documentos Relacionados :

|
|
BOE núm. 162. Suplemento Jueves 8 julio 1999 15 los términos establecidos en la Ley, por el propio Registro único nacional; Registro que, por su condición de único para todo el territorio del Estado, ha de poder facilitar el acceso al mismo a los ciudadanos de todo el territorio español. Por consiguiente, no es contrario a la Constitución que la Ley exija que un ejemplar de la solicitud se presente, necesariamente en la lengua oficial común a todo el territorio.
FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Estimar parcialmente los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Gobierno Vasco y el Parlamento de Cataluña frente a la Ley 32/1988, de 10 de noviembre, de Marcas, y, en consecuencia: 1.o Declarar que corresponden a las Comunidades Autónomas recurrentes las competencias de ejecución en materia de Propiedad Industrial, contenidas en los arts. 15.2 y 3, 24.1, 45.1, 75.1 y 85, párrafo segundo, de dicha Ley.
2.o Desestimar el recurso en todo lo demás.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a tres de junio de mil novecientos noventa y nueve.--Firmado: Pedro Cruz Villalón.--Carles Viver Pi-Sunyer.--Rafael de Mendizábal Allende.--Julio Diego González Campos.--Manuel Jiménez de Parga y Cabrera.--Tomás S. Vives Antón.--Pablo García Manzano.--Pablo Cachón Villar.--Fernando Garrido Falla.--Vicente Conde Martín de Hijas.--Guillermo Jiménez Sánchez.--María Emilia Casas Baamonde.--Rubricado.
15012 Sala Segunda. Sentencia 104/1999, de 14 de junio de 1999. Recurso de amparo 2.236/1994. Contra Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo dictada en recurso de casación contra la pronunciada en apelación por la Audiencia Provincial de Zaragoza en autos de menor cuantía sobre impugnación de asamblea extraordinaria celebrada por determinada Asociación. Vulneración del derecho de asociación: alcance de la facultad de autoorganización.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Carles Viver Pi-Sunyer, Presidente; don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Tomas S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2.236/94, interpuesto por la Asociación «Disminuidos Físicos de Aragón», representada por el Procurador de los Tribunales don Isacio Calleja García y asistida del Letrado don José Bermejo Vera, contra Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 1994 (recurso de casación núm. 1.745/91). Ha intervenido el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Magistrado don Rafael de Mendizábal Allende, quien expresa el parecer de la Sala.
I. Antecedentes 1. El 24 de junio de 1994 se registró en este Tribunal escrito referido a la demanda de amparo de que se hace mérito en el encabezamiento. Allí se nos cuenta que el... »
|
|
|
|