Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
107/2006
Fecha : 03/04/2006
Publicación Boe :
20060509
Ponente :
Don Roberto García-calvo Y Montiel
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :

|
|
«... conjunto y sentido de las argumentaciones utilizadas por elTribunal para resolver las pretensiones de las partes. De hecho, en primer lugar, la referencia legal que contiene la resolución (art. 240, número 2.º, LECrim), es manifiestamente errónea, en cuanto dicho precepto legal está referido a los procesados y no a los querellantes y acusadores particulares.Y, en segundo lugar, la resolución recurrida acumula, al error cometido en la cita legal (bien al seleccionar la disposición legal aplicable bien, sencillamente, al transcribir el ordinal del precepto en el texto de la resolución, lo que resulta, en todo caso, irrelevante), la ausencia de cualquier referencia o alusión a las razones por las que la Sala consideró que concurría alguna de las circunstancias en las que, en este caso, había de apoyarse la imposición de las costas (temeridad o mala fe) y que, por tanto, procedía imponer a la acusación particular el pago de las costas procesales causadas en la apelación.
6. En definitiva, se ha producido una vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) cuyo restablecimiento requiere la anulación parcial de la Sentencia impugnada y retrotraer las actuaciones a fin de que el órgano judicial dicte nuevo pronunciamiento sobre las costas del proceso, que sea respetuoso con el derecho fundamental reconocido.
FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Otorgar el amparo solicitado por don Eugenio Gigante Garzás y doña Gema Gigante Garzás y, en su virtud: 1.º Reconocer su derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).
2.º Declarar la nulidad del pronunciamiento sobre costas procesales que se contiene en la Sentencia de fecha 14 de julio de 2003, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial deToledo, en el rollo de apelación núm. 5-2003.
3.º Retrotraer las actuaciones judiciales, con el objeto de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo dicte nuevo pronunciamiento sobre las costas procesales en el recurso de apelación indicado, con respeto al derecho fundamental reconocido.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a tres de abril de dos mil seis.-María Emilia Casas Baamonde.-Javier Delgado Barrio.-Roberto García-Calvo y Montiel.-Jorge Rodríguez-Zapata Pérez.Manuel Aragón Reyes.-Pablo Pérez Tremps.-Firmado y rubricado.
8138 Sala Primera. Sentencia 108/2006, de 3 de abril de 2006. Recurso de amparo 5515-2003. Promovido por don Manuel Martínez Núñez frente a las Sentencias delTribunal Superior de Justicia de Galicia y del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Lugo que inadmitieron su demanda contra la Diputación Provincial sobre contratación de un administrativo.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): legitimación activa de los concejales que no han votado en contra de acuerdos municipales porque... »
|
|
|
|