Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
109/1986
Fecha : 24/09/1986
Publicación Boe :
19861022 [«boe» Núm. 253]
Numero de Registro :
664/1985
Ponente :
Don Luis Díez-picazo Y Ponce De León
Sala :
Sala Primera: Excmos. Sres. Tomás, Díez-picazo, Truyol, Díaz Y Rodríguez-
Piñero.
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Extracto: 1. El derecho a ser presumido inocente (art. 24.2 C.E.) es un derecho subjetivo público que posee su eficacia en un doble plano. Por una parte, opera en las situaciones extraprocesales y determina, por ende, el derecho a que no se apliquen las consecuencias o efectos jurídicos anudados a hechos de carácter delictivo o análogos en las relaciones jurídicas de todo tipo. Opera, además, y fundamentalmente, en el campo procesal, en el cual el derecho, y la norma que lo consagra, determina una presunción, la denominada «presunción de inocencia», con influjo decisivo en el régimen jurídico de la prueba. Desde este punto de vista, el mencionado derecho significa que toda condena debe ir precedida siempre de una actividad probatoria. Significa, además, que las pruebas tenidas en cuenta para fundar la decisión de condena han de merecer tal concepto jurídico y ser constitucionalmente legítimas. Significa, asimismo, que la carga de la actividad probatoria pesa sobre los acusadores y que no existe nunca carga del acusado sobre la prueba de su inocencia con no participación en los hechos.
2. Cuando el derecho a la presunción de inocencia es cuestionado, el control de la jurisdicción constitucional, en sede de amparo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, impone una revisión de las actuaciones llevadas a cabo por los poderes públicos y señaladamente por los órganos del Poder Judicial, que permita constatar si ha existido o no violación del derecho con el fin de restaurarlo o preservarlo en su caso.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Francisco Tomás y Valiente, Presidente; don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Antonio Truyol Serra, don Eugenio Díaz Eimil y don Miguel Rodríguez-Piñero Bravo-Ferrer, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 664/85, promovido por don Miguel Monrabal Cervera, representado por el Procurador de los Tribunales don Francisco de Guinea y Gauna y bajo la dirección del Abogado don Ignacio Carrau Criado contra la Sentencia del Juzgado de Instrucción de Requena de 28 de mayo de 1985, dictada en grado de apelación en juicio de faltas seguido ante el Juzgado de Distrito de Utiel, por supuesta violación del derecho fundamental a la presunción de inocencia.
En el recurso han sido partes la Procuradora de los Tribunales doña María Luisa Delgado Iribarren Pastor, en nombre de don José López López, y el Ministerio Fiscal; ha sido Ponente el Magistrado don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. El Procurador de los Tribunales don Francisco de Guinea y Gauna, actuando en representación de don Miguel Monrabal Cervera, interpuso recurso de amparo, mediante escrito que tuvo su entrada en el Registro de este Tribunal el 12 de julio de 1985, impugnando una Sentencia del Juzgado de Instrucción de Requena de 28 de mayo... »
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